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Sociedad / ¿Las cámaras corporales en los uniformes de los policía evitará abusos?

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Panamá América Panamá América Jueves 08 de Enero de 2026
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Abuso / Cámaras / Policía / Seguridad

Panamá

¿Las cámaras corporales en los uniformes de los policía evitará abusos?

Actualizado 2024/10/06 15:28:30
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • PanamaAmerica
Proyecto fue apoyado por los nueve miembros de la Comisión.

Proyecto fue apoyado por los nueve miembros de la Comisión.

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El uso obligatorio de cámaras corporales para parte de la Policía Nacional, con el fin de aumentar la transparencia en los procedimientos policiales y mejorar la protección tanto de los ciudadanos como de los agentes de policía, podría convertirse en una realidad.

Los nueve miembros de la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional prohijaron el anteproyecto de ley que busca implementar su uso como dispositivos integrados en el uniforme policial.

Estos equipos deberán ser utilizados en diversas actividades, tales como el mantenimiento del orden público, la intervención en emergencias y la ejecución de órdenes judiciales.

La propuesta establece que los agentes de policía deberán informar al público cuando estén siendo grabados, excepto en situaciones que comprometan la seguridad.

El proyecto también regula el almacenamiento de los videos, estableciendo que se conservarán por un período de dos años, salvo que sean requeridos como evidencia en investigaciones judiciales. Los videos capturados por estas cámaras tendrán plena validez jurídica en procesos judiciales y administrativos.

La iniciativa establece que los ciudadanos podrán solicitar acceso a las grabaciones mediante un formulario en la página web oficial de la Policía Nacional, siempre y cuando no interfieran con investigaciones en curso o comprometan la privacidad y seguridad de los involucrados.

Dichos videos podrán contener ediciones de audio y visuales para proteger únicamente la privacidad de las personas capturadas en los videos, de conformidad con la ley de protección de datos personales. La Policía Nacional debe proporcionar estos videos de manera expedita.

En el caso de que un ciudadano esté involucrado en una investigación, podrá optar por acceder al video sin editar, a menos que lo solicite de otra manera.

Los ciudadanos no podrán solicitar videos en los que aparezcan, principalmente, menores de edad.

En cuanto al uso de drones para operaciones de patrullaje, se contempla que las grabaciones obtenidas con estos dispositivos tendrán la misma validez que las de las cámaras corporales en los procedimientos legales.

De igual forma, se regula que cualquier servidor público de la Policía Nacional que modifique, oculte, elimine sin la orden previa y legal del Ministerio Público las grabaciones, o altere de cualquier forma los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual, será sancionado con las penas correspondientes, según el Código Penal, y de manera administrativa conforme a las normativas internas de la institución, incluyendo la destitución del empleo.

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Además, la propuesta incluye sanciones para los agentes que alteren o eliminen las grabaciones sin la autorización correspondiente, y obliga a la Policía Nacional a entregar los videos al Ministerio Público cuando estos constituyan evidencia en un caso criminal.

De convertirse en ley de la República, la norma comenzaría a regir en el próximo período fiscal, una vez sea promulgado en la Gaceta Oficial.

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