Panamá
Van más de 400 casos de estafas en lo que va del 2025
- Francisco Rodríguez Morán / frodriguez@epasa.com / franrodj0202
Este tipo de delitos son tan comunes en Panamá, que en el año 2024 se reportaron 5 mil 490 casos.

Delitos van en aumento. Foto: Pixabay
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Los delitos de estafas y fraudes en lo que va del año registran un total de 454 denuncias, según datos del Ministerio Público (MP) de Panamá, esto sin incluir los casos que no son reportados.
Los datos del MP indican que van 435 casos de Estafa Simple; Estafa Agravada, 13; Fraude en Servicios Públicos, 1; y Modificación o Manipulación de Programas Informáticos, 3 investigaciones.
Este tipo de delitos son tan comunes en Panamá, que en el año 2024 se reportaron 5 mil 490 casos.
Datos de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ), de la Policía Nacional indican que la mayoría de estos casos se tratan de ventas de artículos por medio de las redes sociales.
Otra de las modalidades utilizadas por los delincuentes es por medio de Yappy, cheques o giros sin fondos.
La DIJ recomienda al momento de concretar la venta debe realizarse en un lugar público y no en zonas poco concurridas.
Sexo extorsión
Se tiene registro de caballeros que son extorsionados por mujeres para no difundir material íntimo.
Los hombres son contactados por mujeres que se prestan para cometer este tipo de extorsión para no difundir algún contenido explícito.
El procurador de la Nación, Javier Caraballo, en octubre del 2024, presentó el proyecto de Ley 61, que “modifica y adiciona artículos al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015, sobre asistencia jurídica internacional en materia penal, y dicta otras disposiciones respecto a medidas contra la ciberdelincuencia”.
El proyecto tipifica que:
"Quien, mediante violencia, intimidación o amenaza grave, para procurarse o procurar a un tercero un lucro indebido o cualquier otro beneficio, que obligue a otra persona a tomar una disposición patrimonial a proporcionar información o a tolerar, hacer u omitir alguna cosa que le perjudique o perjudique a un tercero, será sancionado con prisión de 5 a 10 años".
"La sanción se aumentará en un tercio a la mitad cuando se utilice como medio las tecnologías de información y la comunicación y cuando el delito empleé imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimos, reales, simulados o generados. -Quien posea, para su propio uso, material de abuso sexual infantil que contenga la imagen real o simulada de personas menores de edad, voluntariamente adquirido, será sancionado con una pena de prisión de 5 a 10 años".
"La pena será aumentada de una sexta parte a un tercio cuando se utiliza en sistemas informáticos, medios de almacenamiento electrónico o redes sociales. -Quien suplante la identidad de una persona, con fines ilícitos, utilizando datos informáticos, bases de datos, o un sistema electrónico o adquiriéndolos de cualquier otra forma, será sancionado con pena de 2 a 4 años de prisión".
"Quien, indebidamente, por medios tecnológicos intercepte, interrumpa o interfiera datos informáticos, en transmisiones no publicadas, dirigidas a un sistema informático original o efectuadas dentro de este, será sancionado con presión de 2 a 4 años de prisión".
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