La nueva ley bancaria de Panamá fue sinónimo de reestructuración de nuevas normativas, con el fin de actualizarlas hacia el nuevo marco regulatorio.
En este sentido Ana Raquel Velasco, asesora legal de la Superintendencia de Bancos de Panamá explica que este proceso conllevó a un sinnúmero de nuevas normativas.
La asesora indicó que el año pasado se emitieron múltiples acuerdos, entre ellos: el acuerdo de adecuación de capital, que ampliaba y modificaba el existente. Este acuerdo tenía ciertos parámetros que contemplaba la nueva ley bancaria y en esa línea se amplió dos nuevas categorías de ponderación de riesgo.
Por otro lado salió un acuerdo sobre liquidez. En este se establece mayores elementos a lo que anteriormente se tenía contemplado y adicionalmente establece la obligación a los bancos de licencia internacional, cuyo supervisor de origen fuera la Superintendencia de Bancos de Panamá de cumplir con el 30% de los activos líquidos que señala la ley.
Así hay muchos acuerdos, pero estos son algunos de los más trascendentales dijo Velasco.
También se destaca que emitieron normas antes de la crisis que de una u otra manera fueron un paleativo para que el tema no impactara como a otros centros financieros.
Detalla que como medida prudencial se hizo un acuerdo que modificaba temporalmente la restructuración de la clasificación de cartera de inversiones.
Asi pues la regulación fue efectiva, aseveró.