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Ejecutivo sanciona Ley que concede amnistía general para el pago de tributos

Podrán acogerse al período de amnistía tributaria los contribuyentes, las personas naturales, jurídicas y los bienes inmuebles, causados y morosos de pago de los impuestos, tasas y contribuciones al 30 de junio de 2019.

Redacción/@PanamaAmerica - Actualizado:

La Ley concede amnistía general para el pago de tributos de competencia de la DGI del MEF que consiste en la condonación de los intereses, recargos, y multas de los tributos morosos adeudados por los contribuyentes.

La ley que concede Amnistía Tributaria General para el pago de tributos administrados por la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la cual modifica la Ley 76 de 2019, relativa al Código de Procedimiento Tributario, fue sancionada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo.

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El titular del MEF, Héctor Alexander, explicó que la nueva ley busca aliviar la situación de contribuyentes naturales y jurídicos que mantienen alguna morosidad en el pago de impuesto con la DGI y permitirá obtener una mejor liquidez para mejorar la economía del país.

La Ley concede amnistía general para el pago de tributos de competencia de la DGI del MEF que consiste en la condonación de los intereses, recargos, y multas de los tributos morosos adeudados por los contribuyentes, así como las multas por declaraciones tardías u omisas de impuestos que se presenten durante la vigencia de esta norma.

También se incluye en la moratoria las multas por presentación tardía de informes de obligaciones de cumplimiento que se presenten durante la vigencia de esta Ley hasta el 31 de diciembre de 2019, así como multas por contravenciones de competencia de la DGI al 30 de junio de 2019.

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Los tributos incluidos en la ley son los impuestos, tasas y contribuciones especiales y cualesquiera otras deudas de dinero, liquidas y exigibles, que en cualquier concepto una persona natural o jurídica y los bienes inmuebles tengan que pagar a la DGI.

Podrán acogerse al período de amnistía tributaria los contribuyentes, las personas naturales, jurídicas y los bienes inmuebles, causados y morosos de pago de los impuestos, tasas y contribuciones al 30 de junio de 2019.

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