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Judicial / Juez Marquínez no podrá valorar declaración de los testigos protegidos

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Baloisa Marquínez / Carlos Carrillo / Panamá / Testigo Protegido / Testimonio

Panamá

Juez Marquínez no podrá valorar declaración de los testigos protegidos

Actualizado 2023/06/09 11:50:06
  • Luis Ávila
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Carlos Carrillo se pregunta que va a hacer la juez para poder tomar un fallo, en donde se le diga que tiene que tomar en cuenta a los testigos protegidos.

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Juez Baloisa Marquínez. Víctor Arosemena.

Juez Baloisa Marquínez. Víctor Arosemena.

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El abogado Carlos Carrillo, parte del equipo legal del candidato presidencial Ricardo Martinelli, manifestó que “no tiene duda” que la juez tercera liquidadora de Causas Penales, Baloísa Marquínez no puede tomar en cuenta para su sentencia ninguno de los testimonios de los testigos protegidos que no comparecieron al juicio, para no ser contrainterrogados por los defensores.

Carrillo se pregunta que va a hacer la juez para poder tomar un fallo, en donde se le diga que tiene que tomar en cuenta a los testigos protegidos, “si están haciendo el ridículo”.

Hay que recordar que en el recién finalizado juicio del caso New Business, los testigos protegidos no pudieron ser llevados al proceso, porque supuestamente la Fiscalía no logró ubicarlos.

“Yo estoy muy seguro de las consecuencias procesales de la actuación del Ministerio Público (MP), no tan solo de este fiscal, sino del propio Ministerio Público”, aseguró.

Agregó que ante esto, ya quedará en manos del procurador Javier Caraballo, tomar o no la profilaxis,”porque el sistema se ha debilitado con la burla del manejo de estos expedientes”.

El letrado argumentó que si el espectáculo circense de quitarse la capucha en el Sistema Penal Acusatorio, por u testigo protegido, “ya estábamos al límite de la tolerancia estomacal, esto lo trascendió. Creo que ha sido un afrenta que la juez va a tener que tomar en consideración y no contaminarse”.

“Si se contamina tendremos que buscar las soluciones, pero yo sí guardo la esperanza que esos testigos contradictorios y que violaron el principio de la contradicción de las partes, no van a ser valorados, más aún que haya consecuencia para los autores”, dijo.

Un tema que si preocupa al abogado, es el hecho de que en este caso se resolvieron pruebas en menos de 48 horas, cuando no daban los términos.

Igualmente, las incapacidades presentadas por el abogado Luis Eduardo Camacho González y el propio Ricardo Martinelli, tenían una previsión legal, que eran cinco días de suspensión, los cuales no fueron concedidos.

Además de esto, el jurista señaló que tampoco fueron concedidas las garantías de incorporar a los testigos protegidos y a otros que en un momento determinado su identidad era conocida, se comprometieron a comparecer al proceso y no lo hicieron.

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