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Penarán acceso a menores con fines sexuales por medio de redes sociales

Esta práctica, conocida como Grooming, mediante la cual adultos engañan y extorsionan a jóvenes para satisfacer sus depravaciones sexuales, busca ser castigada con penas de prisión de 8 años.

Francisco Paz - Publicado:

El lado oscuro de las redes sociales, expone a menores a situaciones fuera de su control, lo que requiere la vigilancia de los padres. Foto: Archivo

Una nueva modalidad de delito de corrupción de menores de edad, fue aprobada en primer debate y ya se encuentra agendada para su discusión en el Pleno de la Asamblea Nacional.

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Se trata de un inciso al artículo 184 del Código Penal para castigar a aquellos que por medio de comunicaciones electrónicas, como redes sociales, contacten por engaño a menores de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual.

Esto incluye el envío de imágenes, videos, textos o audios, para lo que habrá pena de prisión de tres a seis años. En caso de que el menor tenga menos de 14 años o una condición de discapacidad, la pena aumenta de seis a ocho años de cárcel.

El artículo 184 es el que tipifica el delito de pornografía infantil, el cual es castigado con pena de prisión que va de 10 a 20 años de prisión.

La proponente, Fátima Agrazal, (Cambio Democrático) lo presentó en julio de 2020, en los momentos más difíciles del confinamiento por la pandemia.

En esta condición, el uso de las redes sociales aumentó y con estos los casos de Grooming, definido como el acoso sexual virtual que se le realiza a un menor de edad mediante el uso de redes sociales en el que un adulto los engaña para establecer lazos emocionales y luego chantajearlos y extorsionarlos.

"Panamá no escapa de esta realidad, hoy día, nuestros infantes y adolescentes enfrentan mayores riesgos y amenazas sobre sus derechos fundamentales, su dignidad, honra y libertad sexual que han aumentado significativamente con el surgimiento de nuevos delitos dentro de herramientas tecnológicas, percibiéndose la necesidad de fortalecer nuestro Código Penal a fin de que las nuevas conductas delictivas que han surgido mediante el uso de redes sociales, se puedan sancionar penalmente", sostuvo la diputada de Santiago.

Dentro del análisis de la propuesta legislativa, se reconoció el anonimato que ofrece las redes sociales, lo que favorece la comisión de delitos de índole sexual, de los cuales los menores de edad son un blanco fácil.

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"Ante este hecho es muy importante que los padres presten mucha atención a la cantidad de tiempo que los jóvenes pasan en línea y estén anuentes del tipo de páginas que se están visitando", recomendaron los miembros de la Comisión de Gobierno de la Asamblea, al aprobar en primer debate el proyecto, el pasado martes 26 de octubre.

Realidad

Panamá ha experimentado un aumento de 70% en los dos últimos años de delitos relacionados con corrupción de menores de edad, explotación sexual comercial y otras conductas.

De 215 denuncias presentadas en los primeros nueve meses de 2019, estas se elevaron a 221 en 2020 y a 366 en el presente año.

Las principales modalidades son corrupción de menores (251), pornografía infantil (62), posesión de pornografía infantil (19), exhibicionismo obsceno con menores (9), y exhibición de material pornográfico a menores (9).

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