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Revocan conmutación de pena a exrepresentante de Calidonia

Ramón Ashby fue condenado a 60 meses de prisión por el delito de peculado doloso.

Redacción | nacion.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Ramón Ashby. Foto: Archivo

Tras una solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, el Tribunal de Apelaciones acordó revocar la medida de trabajo comunitario al exrepresentante de Calidonia Ramón Ashby.

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Ashby fue condenado a 60 meses de prisión por peculado agravado en perjuicio de la junta comunal del corregimiento de Calidonia.

“Fiscalía Anticorrupción presentó recurso de apelación en contra de la decisión de Juez de Cumplimiento de conceder trabajo comunitario a exrepresentante de Calidonia Ramón Ashby condenado a 60 meses de prisión por el delito de peculado doloso”, expuso la entidad a través de redes sociales.

Pese a que su defensa legal pretendía cambiar la pena de cárcel por trabajo comunitario, se conoció que el acusado no cumplía con los requisitos para este reemplazo, por lo que, fue denegada la petición.

Con esta decisión, Ashby deberá cumplir su condena en uno de los centros penitenciarios del país.

Según la Fiscalía, la medida adoptada por el juez no iba acorde con la gravedad del delito cometido.

Este proceso inició con el Informe de Auditoría Especial del 18 de septiembre de 2009, de la Contraloría General de la República, que destacó gastos no sustentados relacionados con contratación de personal, adquisiciones de bienes y servicios de la Junta Comunal de Calidonia en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 1999 y el 31 de agosto de 2003 por la suma de 505 mil 355 dólares con 25 centavos.

El pasado 30 de julio de 2018, se realizó una audiencia ordinaria donde el cúmulo probatorio presentado por el Ministerio Público (MP), permitió establecer la responsabilidad de los condenados y su participación directa sin justificación.

Además de la condena se les impuso a los sentenciados la inhabilitación para ejercer funciones públicas por el mismo término, una vez cumplida la pena principal.

En este caso se condenó también a Ricardo Cannolly, Juan Manuel Suárez Navarrete e Inés Gómez de Meléndez.

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