Beneficio para presunto homicida de empresario
Publicado 2001/05/23 23:00:00
- Juan Ignacio Blanco
A seis días de la audiencia por el asesinato del empresario canadiense Scott John Barton, la Corte Suprema de Justicia concedió una medida cautelar de impedimento de salida del país y de notificarse periódicamente ante el Segundo Tribunal de Justicia a uno de los presuntos participantes en su homicidio, Eduardo Fruto Batista.
Dentro de un recurso de hábeas corpus presentado por la defensa de Fruto Batista, la máxima corporación de justicia decidió declarar legal el arresto del sindicado, pero a la vez le concedió una medida cautelar de no salir del país y de notificarse al tribunal cada semana, luego que el reo permaneciera más de cinco años sin ser llamado a juicio.
El recurso presentado a favor de Fruto Batista señala que éste permaneció bajo arresto cinco años, lo que constituye las dos terceras partes de la condena por el delito de homicidio por lo que debe ser puesto en libertad.
De acuerdo con el artículo 2148-A del Código Judicial señala que debe atenderse el mínimo de la pena que la ley señala para el delito, en su modalidad simple, por lo que corresponde sustituir la medida de privación de libertad por otra medida cautelar.
Según las sumarias, el empresario canadiense Scott John Barton fue asesinado la noche del 19 de octubre de 1995, cuando éste se encontraba dentro su automóvil estacionado en el Edificio Marfil, ubicado en Obarrio.
En las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía Superior Especial se ordenó la detención de Marvin Salazar, Carlos Boyd Seville y Lázaro Fruto Batista como las personas presuntamente responsables del crimen.
Las pesquisas indicaron que el crimen se cometió para robar un reloj tipo Rolex Submariner que Barton tenía en su poder.
Dentro de un recurso de hábeas corpus presentado por la defensa de Fruto Batista, la máxima corporación de justicia decidió declarar legal el arresto del sindicado, pero a la vez le concedió una medida cautelar de no salir del país y de notificarse al tribunal cada semana, luego que el reo permaneciera más de cinco años sin ser llamado a juicio.
El recurso presentado a favor de Fruto Batista señala que éste permaneció bajo arresto cinco años, lo que constituye las dos terceras partes de la condena por el delito de homicidio por lo que debe ser puesto en libertad.
De acuerdo con el artículo 2148-A del Código Judicial señala que debe atenderse el mínimo de la pena que la ley señala para el delito, en su modalidad simple, por lo que corresponde sustituir la medida de privación de libertad por otra medida cautelar.
Según las sumarias, el empresario canadiense Scott John Barton fue asesinado la noche del 19 de octubre de 1995, cuando éste se encontraba dentro su automóvil estacionado en el Edificio Marfil, ubicado en Obarrio.
En las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía Superior Especial se ordenó la detención de Marvin Salazar, Carlos Boyd Seville y Lázaro Fruto Batista como las personas presuntamente responsables del crimen.
Las pesquisas indicaron que el crimen se cometió para robar un reloj tipo Rolex Submariner que Barton tenía en su poder.
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