Declaran 31 de diciembre día de fiesta nacional
Publicado 1999/12/30 00:00:00
- REDACCION
Según una fuente del Ministerio de Gobierno y Justicia se tiene programado para el próximo año aprobar una ley que declare todos los 31 de diciembre como día nacional.
La fuente explicó que la aprobación de la Ley No.56 de 28 de diciembre de 1999, declara como día de fiesta nacional exclusivamente este 31 de diciembre, en celebración de la transferencia del Canal de Panamá al pueblo panameño, sin embargo próximamente se oficializará la fecha mediante la aprobación de una ley, donde tendrá la categoría de un día nacional, como los días 3 y 4 de noviembre de cada año.
Destacó que este año el día de fiesta nacional incluye tanto al sector público como privado del país.
Se exceptúan aquellas instituciones que por razones de servicio tengan que laborar, como hospitales, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), la Fuerza Pública, el Cuerpo de Bomberos y el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), entre otras.
La empresa privada deberá pagar a los empleados que laboren ese día con una tarifa de dos tiempos y medio. Además deberán darle al empleado un día de compensación, según lo establece el Código Laboral.
La fuente explicó que la aprobación de la Ley No.56 de 28 de diciembre de 1999, declara como día de fiesta nacional exclusivamente este 31 de diciembre, en celebración de la transferencia del Canal de Panamá al pueblo panameño, sin embargo próximamente se oficializará la fecha mediante la aprobación de una ley, donde tendrá la categoría de un día nacional, como los días 3 y 4 de noviembre de cada año.
Destacó que este año el día de fiesta nacional incluye tanto al sector público como privado del país.
Se exceptúan aquellas instituciones que por razones de servicio tengan que laborar, como hospitales, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), la Fuerza Pública, el Cuerpo de Bomberos y el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), entre otras.
La empresa privada deberá pagar a los empleados que laboren ese día con una tarifa de dos tiempos y medio. Además deberán darle al empleado un día de compensación, según lo establece el Código Laboral.
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