Regulación. El uso correcto de los símbolos patrios cobra vida cada mes de noviembre.
El uso indebido de símbolos patrios recibirá sanciones
La comisión reglamentará sanciones y revisará que se usen correctamente los símbolos. Existe desacuerdo por prohibiciones, no obstante, Berrío dijo que ya existían y que solo busca se cumplan.
Aminta Bustamante (aminta.bustamante@epasa.com) / PANAMA AMERICA
Normativa que lo regula:
- 12 prohibiciones establece la Ley 2 de enero del 2012, sobre el uso de los distintivos patrios.
- 200 dólares es la multa mínima para los que utilicen estas insignias en logotipos.
- 50 dólares es la sanción mínima para el ciudadano común que infringa la legislación.
A partir de 2013 todo aquel que incurra en el mal uso de la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional se le aplicará como mínimo una multa de 50 dólares, la que puede llegar hasta cinco mil dólares, dependiendo de la infracción cometida.
Y es que, aunque para muchos utilizar los símbolos patrios en su vestimenta, en accesorios o artículos decorativos para sus autos es sinónimo de patriotismo, para la Comisión Nacional de los Símbolos de la Nación, creada por la Ley 2 de enero de este año, eso amerita una sanción.
La Ley 2 establece cuál es el uso correcto de los símbolos y contempla una lista de 12 prohibiciones. Estas obligaciones y restricciones parten del artículo 26 al 42 de la iniciativa.
Entre las prohibiciones está no utilizar los símbolos de la nación para cubrir otros objetos o como soporte de ellos. Punto que parece ser desconocido por los panameños, quienes a pocos días de las efemérides patrias están colocando una especie de funda con el logo de la Bandera Nacional como protector para los retrovisores de sus autos.
También se contempla no incorporar sobre la Bandera y el Escudo la pintura del Himno, algún elemento gráfico o estos sobre otros elementos. Igualmente, queda prohibido que los logotipos y marcas de fábricas contengan la representación de algún símbolo, lo cual será reglamentado en el manual que prepara la comisión antes mencionada.
La ley contempla que los llamados de atención se harán por escrito. Explica que quien infrinja lo dispuesto, sobre todo lo que se reglamenta en el artículo 28, será sancionado con una multa que va de 200 dólares hasta mil dólares.
Entre tanto, para quienes violenten el artículo 30 dirigido a medios de comunicación, tendrá una multa de mil a cinco mil dólares.
Mientras que para aquellos ciudadanos comunes las sanciones estarán entre 50 y 500 dólares, dependiendo de la falta. No obstante, esto aún debe ser reglamentado en el manual que confecciona la comisión antes mencionada, que ya trabaja en el mismo.
Para Vladimir Berrío, quien forma parte de la Comisión de los Símbolos, los panameños insisten en no darle valor a nuestros símbolos, y explicó que aunque la vigencia de las sanciones se inician el próximo año, cuando una vez se tenga listo un reglamento que de forma ilustrativa explicará mejor la utilización de los símbolos, ya la población debe estar empapándose sobre la ley que a su juicio es clara.
Berrío sostiene que está completamente prohibida la comercialización de los símbolos como lo es en el uso de las chancletas, la venta de ropa interior con los símbolos, paraguas en forma de bandera. “Eso es una manera irreverente de tratar a nuestros símbolos patrios”, acotó.
Sin embargo, no todos los panameños comparten las prohibiciones que antes nadie restringía. Uno de ellos es el doctor y columnista Daniel Pichel, quien considera absurdo reglamentar cosas a la que ya están acostumbrados los panameños.
Para él usar los símbolos como parte del vestuario o como un accesorio no nos hace mejor ni peor panameño. Aunque comparte que se reglamente la mala colocación de los mismos en las fiestas patrias.
Reglamento para uso de emblemas
El manual que prepara la comisión se divide en cinco capítulos y el mismo será un decreto ejecutivo que podría estar listo a inicios del próximo año.
Según explicó Berrío, cuando esté listo se dará a conocer a la población mediante publicaciones, propagandas y demás, ya que ellos prepararán un presupuesto, tal cual lo establece la Ley 2, para poder cumplir con la divulgación del documento.
El manual que aún se está elaborando va por el capítulo tres. El documento tendrá que pasar por una revisión del Ministerio de Educación, de Gobierno, y luego debe ser avalado por el presidente de la República, Ricardo Martinelli. El manual tendrá en un capítulo dedicado a quienes confeccionaron los símbolos de la nación, otro capítulo hablará del uso de la Bandera, otro del Himno, también habrá uno sobre el Escudo y otro de las prohibiciones que se establecen en la ley.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.