Recurso no detiene aumento del pasaje
Publicado 2005/12/04 00:00:00
- Irina Chan Castillo
Si la Corte admite el recurso de nulidad presentado por los usuarios el aumento del pasaje quedará sin efecto.
EL SUBDIRECTOR de la Autoridad del Transito Transporte Terrestre (ATTT), Ovigildo Herrera, señalo que hasta que la Corte Suprema Justicia no emita una notificación de que admitió el recurso contencioso de nulidad contra la entidad por el aumento del pasaje en el interior, el decreto sigue en vigencia.
Las declaraciones del funcionario surgen luego que la la Unión de Consumidores de la República de Panamá (UNCUREPA), interpusiera ante la Sala Tercera de la Corte un recurso contencioso de nulidad contra la decreto de la ATTT, para el aumento de las tarifa del pasaje en el interior de la República.
"Ahora solo queda esperar lo que diga la Corte, si esta emite una notificación de que acepta la petición, inmediatamente queda sin efecto el decreto que establece el aumento tarifario en el interior del país", señalo Herrera.
El funcionario explicó que es falso que la ATTT no celebró audiencias públicas para fijar el aumento, porque la Ley de Transparencia indica las cuatro formas en que se pueden hacer las consultas.
Una de las cuatro formas es la presencia de un representante de los usuarios en la junta directiva de la ATTT, con derecho a voz y voto.
Indicó que en el organismo de decisión, donde participa la junta directiva de la ATTT, también hay un representante de los usuarios. Hay una persona destinada por la Defensoría del Pueblo con derecho a voz y voto, agregó el funcionario.
Para efectos de la ATTT con este procedimiento se cubrió lo que es la consulta pública.
Cuando se hicieron los estudios en cada provincia se hizo también consultas a los usuarios.
El aumento de más del 20% se autorizó para más de 100 rutas del transporte colectivo y selectivo del interior del país, incluyendo las que viajan a la ciudad de Panamá.
El aumento está fundamentado en el artículo 42 de la Ley 14 de 26 de mayo de 1993 y el Decreto Ejecutivo No. 542 de 8 de octubre de 2003.
Pese a este ajustes, los transportistas del interior, revelaron que se requería de un aumento del 60% en el pasaje para mantener el servicio, aunque aceptaron la propuesta de la ATT para evitar " situaciones irregulares".
El incremento del pasaje se hizo luego de realizar un estudio técnico y económico en las diferentes rutas, que determinó que los transportistas estaban registrando pérdidas debido al aumento del precio del diésel y de la gasolina.
Los usuarios del interior han manifestado su rechazo al aumento del pasaje en las diferentes rutas.
Las declaraciones del funcionario surgen luego que la la Unión de Consumidores de la República de Panamá (UNCUREPA), interpusiera ante la Sala Tercera de la Corte un recurso contencioso de nulidad contra la decreto de la ATTT, para el aumento de las tarifa del pasaje en el interior de la República.
"Ahora solo queda esperar lo que diga la Corte, si esta emite una notificación de que acepta la petición, inmediatamente queda sin efecto el decreto que establece el aumento tarifario en el interior del país", señalo Herrera.
El funcionario explicó que es falso que la ATTT no celebró audiencias públicas para fijar el aumento, porque la Ley de Transparencia indica las cuatro formas en que se pueden hacer las consultas.
Una de las cuatro formas es la presencia de un representante de los usuarios en la junta directiva de la ATTT, con derecho a voz y voto.
Indicó que en el organismo de decisión, donde participa la junta directiva de la ATTT, también hay un representante de los usuarios. Hay una persona destinada por la Defensoría del Pueblo con derecho a voz y voto, agregó el funcionario.
Para efectos de la ATTT con este procedimiento se cubrió lo que es la consulta pública.
Cuando se hicieron los estudios en cada provincia se hizo también consultas a los usuarios.
El aumento de más del 20% se autorizó para más de 100 rutas del transporte colectivo y selectivo del interior del país, incluyendo las que viajan a la ciudad de Panamá.
El aumento está fundamentado en el artículo 42 de la Ley 14 de 26 de mayo de 1993 y el Decreto Ejecutivo No. 542 de 8 de octubre de 2003.
Pese a este ajustes, los transportistas del interior, revelaron que se requería de un aumento del 60% en el pasaje para mantener el servicio, aunque aceptaron la propuesta de la ATT para evitar " situaciones irregulares".
El incremento del pasaje se hizo luego de realizar un estudio técnico y económico en las diferentes rutas, que determinó que los transportistas estaban registrando pérdidas debido al aumento del precio del diésel y de la gasolina.
Los usuarios del interior han manifestado su rechazo al aumento del pasaje en las diferentes rutas.
Antón-Panamá: B/.3.80; Penonomé-Panamá: B/. 4.35; Aguadulce-Panamá, B/.5.25, Chitré-Panamá, B/.7.50; Las Tablas-Panamá, B/. 8.00; Santiago-Panamá, B/.7.50.
El pasaje aumento en las diferentes rutas internas de buses y taxis en el interior.
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