H asta tres licencias para portar armas de fuego podrán obtener las personas naturales interesadas en su defensa personal.
Sin embargo, el titular de la licencia de uso particular solo podrá portar un arma de fuego a la vez, según indica el proyecto de ley presentado a la Asamblea Nacional por el Ministerio de Gobierno y Justicia.
Restricciones.
Las limitaciones del proyecto de ley, incluyen a quienes practican el tiro deportivo, los cuales podrán registrar dos armas por modalidad deportiva y hasta un máximo de ocho en total, destinadas a tiro al blanco o al plato.
Quienes practiquen la cacería solo tendrán derecho a un máximo de tres armas de fuego.
Uno de los requisitos impuestos por el proyecto de ley indica que toda persona mayor de 15 años podrá usar arma para la práctica del deporte de tiro olímpico, pero este debe estar reconocido por el Comité Olímpico de Panamá.
Todo menor dedicado al tiro deportivo debe ir acompañado por un adulto con licencia para portar el arma correspondiente, indica el texto que se encuentra en la Comisión de Gobierno de la Asamblea.
El Comité Olímpico de Panamá tiene la obligación de reportar a la persona menor de edad inscrita, cuya información debe ser proporcionada a la Dirección General de Control de Armas.
El ministro de Gobierno y Justicia, Daniel Delgado Diamante ha señalado que lo importante es que se sepa que la gente que tiene un arma legal sea una persona idónea para portarla.
Delgado expresó que la legislación busca controlar la gran cantidad de armas que están en el país, muchas de ellas ilegales.