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Iberdrola pide anular la decisión de la CE contra las ayudas a empresas españolas

Publicado 2011/10/24 06:11:00
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La compañía eléctrica española Iberdrola ha solicitado hoy al Tribunal de Justicia de la UE que anule la decisión de la Comisión Europea (CE) que declaraba ilegales las ventajas fiscales concedidas por España a las empresas de este país que adquirieran participaciones de otras entidades comunitarias.

La corte de Luxemburgo ha celebrado hoy una vista sobre el caso iniciado por Iberdrola contra una decisión del Ejecutivo comunitario de 2009, que declaraba incompatibles con la normativa europea las ayudas otorgadas por España a dicha compañía en formas de ventajas fiscales, explicaron fuentes judiciales.

La decisión impugnada declara incompatible con el mercado común el régimen de ayudas que entró en vigor en España en 2005, consistente una ventaja fiscal que permite a las empresas españolas amortizar el fondo de comercio resultante de la adquisición de participaciones en empresas comunitarias.

No obstante, la decisión de la CE permitía que el régimen de ayudas controvertido siguiera aplicándose, conforme al principio de protección de la confianza legítima, a las adquisiciones realizadas antes del 21 de diciembre de 2007, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Iberdrola solicita a la corte de Luxemburgo la anulación del punto concreto de la decisión que se declara que las ayudas fiscales son incompatibles con el Derecho europeo, según el informe de la vista, al que ha tenido acceso Efe.

La compañía argumenta que esta decisión le impide seguir aplicando las ventajas fiscales que antes le eran disponibles a las operaciones realizadas y proyectadas con posterioridad al 21 de diciembre de 2007.


En concreto, señala que la anulación de la decisión le permitiría amortizar el fondo de comercio financiero resultante de la adquisición por su filial Iberdrola Renovables, en los ejercicios 2008 y 2009, de participaciones en el grupo griego Metal Industry of Arcadia C. Rokas, S.A..

Esta adquisición fue posterior al 21 de diciembre de 2007 y anterior a la fecha de adopción de la decisión por parte de la CE.

La Comisión, por su parte, alega que un recurso de anulación interpuesto por una persona física o jurídica sólo es admisible si el demandante demuestra su interés real en anular una medida que le perjudica .

A juicio del Ejecutivo comunitario, el demandante no ha demostrado estar obligado a recuperar las ayudas según la decisión controvertida, sino que invoca "circunstancias futuras e inciertas".

Los jueces del Tribunal de la UE tendrán que decidir ahora si la demanda presentada por Iberdrola es admisible.

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