Bioética, big data y telemedicina ante la COVID-19
Dos grandes prácticas de la medicina devinieron o se hicieron más evidentes en esta situación, respecto a los aspectos éticos y legales: la licitud ética y legal de realizar una consulta a distancia y la confidencialidad de la información de los pacientes en una base de datos a gran escala.
- Yashiro Díaz
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- - Publicado: 03/7/2020 - 12:00 am
Definitivamente que una pandemia trae consigo cambios de paradigmas en la práctica de la medicina.
Con la pandemia del COVID-19, los sistemas de salud se vieron en la necesidad de manejar grandes cantidades de datos de pacientes en plataformas informáticas no tradicionales, además de responder la gran demanda de consultas vía telefónica (ROSA y 169), con el fin de evitar el colapso del sistema de salud.
En Panamá, el sistema de vigilancia epidemiológica requiere el manejo de datos de los pacientes, tales como: nombre, edad, sexo, corregimiento, fecha de inicio de síntomas, fecha de toma de la muestra, resultados de la prueba para detectar COVID-19, condición clínica del paciente, etcétera.
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En fin, se maneja en promedio 15 a 20 datos de un solo paciente.
Dos grandes prácticas de la medicina devinieron o se hicieron más evidentes en esta situación, respecto a los aspectos éticos y legales: la licitud ética y legal de realizar una consulta a distancia y la confidencialidad de la información de los pacientes en una base de datos a gran escala.
Ambas prácticas han estado en la mira reflexiva de la bioética desde finales del siglo pasado, sobre todo con el advenimiento de la información genética de un paciente y las plataformas de consultas online (telemedicina).
Lo primero que es preciso recalcar es que en ambas prácticas estamos ante un paciente, es decir, una persona que padece (loc. latina: patiens, patientis).
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No se requiere la presencialidad como criterio de inclusión justo y necesario para catalogar a una persona como paciente.
Lo que sí no puede faltar son los principios vinculados al acto médico: la intención de beneficiar a otra persona (al paciente), los medios deben ser justos y buenos para llegar al fin propuesto (consolar y orientar en el caso de la telemedicina), la ausencia de maldad en el acto (no-maleficencia) y consolidar la confianza entre el médico y el paciente (confidencialidad).
Ante la ausencia plena de una de las anteriores, entonces el acto médico está viciado y se podría considerar el hecho que ese médico cometa negligencia.
También es preciso observar que, en ambos casos, hay una relación entre un médico y un paciente, aunque sea a distancia.
El buen médico procurará todas las alternativas lícitas que estén a su alcance para resolver cualquier conflicto que le presente el paciente.
El soporte de garantía es primordial ante un paciente que esté en el teléfono, es decir, procurar un soporte psicológico (no profesional), a través de una comunicación efectiva que nos provee el ars médica (el arte de la práctica de la medicina).
Hay que reconocer que dar la información del resultado de una prueba de laboratorio SARS-COVID positiva (detectado) es un duelo para el paciente y que habrá diversidad en cómo el paciente maneje dicha información.
Es preciso comprender que no existe pregunta irrelevante, sino que se trata de un paciente con el derecho de saber.
Hay estudios que han concluido que el engaño benevolente no es una práctica ética.
Todo paciente está en derecho de conocer sobre su estado de salud (existen excepciones muy particulares).
Esta última línea es para felicitar a los equipos de salud regionales del Ministerio de Salud, en particular a la Región Metropolitana, quienes manejan con un serio compromiso ético cada caso COVID-19 como si de un paciente presencial se tratase, siendo fieles guardianes de la información, y al equipo de respuesta rápida que sale diariamente a las comunidades a tomar muestras de hisopados.
Médico y bioeticista.
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