La justicia en Panamá
Publicado 2001/06/15 23:00:00
El Código Judicial, renovado en 1987 y desde entonces emparchado una y otra vez, sigue siendo fuente de entorpecimiento del trabajo jurisdiccional, en vez de ser motor de equidad, transparencia, certeza y confiabilidad. Los más de cien artículos objeto de modificación aumentan los montos de las controversias que deben ser sometidas a los juzgados municipales, los cuales se consideran gozan de exceso de capacidad. Así se busca liberar a los juzgados de circuito, donde existe mayor congestión y por ende mora, para que puedan manejar los casos de su competencia con los recursos existentes. También se introducen ciertas reglas para prevenir que los abogados abusen de los recursos legales a su disposición. Además, se eliminaría el privilegio de los funcionarios judiciales del asueto absoluto de la Semana Santa, durante la cual sin justificación se paralizaba la justicia en todo el país.
Lo anterior tiende al desarrollo y modernización de los procedimientos judiciales. Pero el Estado tiene que dedicar recursos extraordinarios para mejorar la infraestructura del Organo Judicial. Se trata de poner a disposición de los funcionarios mayor espacio con mejores facilidades y útiles de oficina desde lápices y papel hasta computadoras e impresoras. También tiene que invertir para entrenar y capacitar a jueces, secretarios, alguaciles, fiscales, secretarias y demás personeros, no sólo en temas legales sustantivos sino también procesales y administrativos.
Finalmente, se deben hacer cumplir las normas sobre ética de la profesión de abogacía con mayor celo. El amiguismo y la indiferencia no deben permitir que algunos individuos empeoren la reputación de una profesión, de por sí mancillada por siglos de incomprensión.
Lo anterior tiende al desarrollo y modernización de los procedimientos judiciales. Pero el Estado tiene que dedicar recursos extraordinarios para mejorar la infraestructura del Organo Judicial. Se trata de poner a disposición de los funcionarios mayor espacio con mejores facilidades y útiles de oficina desde lápices y papel hasta computadoras e impresoras. También tiene que invertir para entrenar y capacitar a jueces, secretarios, alguaciles, fiscales, secretarias y demás personeros, no sólo en temas legales sustantivos sino también procesales y administrativos.
Finalmente, se deben hacer cumplir las normas sobre ética de la profesión de abogacía con mayor celo. El amiguismo y la indiferencia no deben permitir que algunos individuos empeoren la reputación de una profesión, de por sí mancillada por siglos de incomprensión.
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