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Migración segura

El Pacto Mundial para la migración segura, procura la regularización de los migrantes en beneficio de los Estados receptores, por lo que han considerado oportuno "crear condiciones propicias que permitan a todos los migrantes enriquecer nuestras sociedades con su capacidad humana, económica y social,..."

Ana Angely Campos | opinion@epasa.com | - Publicado:

La firma del Pacto Mundial para la migración segura, procura la regularización de los migrantes en beneficio de los Estados receptores, sin violar su soberanía.

El Pacto Mundial para la migración segura, ordenada y regular, representa un compromiso adquirido por los Estados a partir de la Declaración de Nueva York para los refugiados y migrantes, a través de la cual se insertan veintitrés (23) principios así como conceptos de género y equidad, a su vez la gestión de cooperación técnica para los Estados que son parte del fenómeno de los desplazamientos masivos de migrantes en calidad de vías de tránsito o Estados receptores de migrantes y se reafirma el compromiso de la migración regular establecido en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, con sus respectivos mecanismos de seguimiento.

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La Declaración de Nueva York, nos pone en relieve la ausencia de controles migratorios que establezcan la identificación de cada una de las personas que ingresa por las fronteras así como el motivo que originó su movilización, para conocer si requieren asistencia humanitaria.

Sumado a la ausencia de una normativa que admita equiparación de obligaciones en materia laboral para los países de origen y de destino. 

Actualmente una gran cantidad de Estados no cuentan con sistemas específicos de estadística migratoria, lo cual no permite conocer los efectos y posibles beneficios de las diásporas que coadyuvarían al establecimiento de políticas públicas migratorias más efectivas.

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El fenómeno de la migración masiva viene dado a raíz del surgimiento de la globalización, la cual genera nuevas estructuras sociales, así como necesidades dentro de estas, que ocasionalmente no podrán ser cubiertas por los Estados de origen a razón de su demografía o ausencia de Institucionalidad democrática, por lo que no es una responsabilidad individual del Estado receptor, sino compartida, por lo que la cooperación técnica en materia de capacitación y de gestión de fondos para atender la crisis será fundamental. 

Es por ello que actualmente contamos con alrededor de 68 millones de migrantes en el mundo, de los cuales no todos son transfronterizos, algunos se desplazan a nivel interno de sus Estados y requieren una mayor visibilidad y protección de sus derechos humanos.

 Es preciso señalar que el Pacto Internacional para la migración segura, ordenada y regular, contempla las necesidades de los Estados receptores de migrantes, así como la intervención oportuna en aras de prevención de los conflictos sociales y estructurales de los países de origen, para proporcionar mayor seguridad y estabilidad en las áreas de educación, salud y economía.

Lo que decantaría en la disminución del desplazamiento migratorio. 

El mismo no es un instrumento que procure la violación de la soberanía de los Estados, que han asumido el liderazgo, en el desarrollo de las políticas migratorias en un marco de protección integral, por el contrario, procura la regularización de los migrantes en beneficio de los Estados receptores, por lo que han considerado oportuno "crear condiciones propicias que permitan a todos los migrantes enriquecer nuestras sociedades con su capacidad humana, económica y social, y hacer así que les sea más fácil contribuir al desarrollo sostenible a nivel local, nacional, regional y mundial".

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El 11 de diciembre el Estado panameño se ha unido a más de ciento cincuenta (150) Estados comprometidos con la regularización migratoria, en la conciencia que cada día la ausencia de políticas migratorias integrales, ocasiona miles de muertes de personas que mayormente parten de sus países de origen a razón de conflictos internos, ausencia de servicios básicos, seguridad alimentaria así como de un Estado de derecho que proporcione seguridad jurídica.

Muchos han sido los avances que se han dado en la normativa migratoria panameña, ajustándose cada día a las concepciones más fieles de la Constitución Política y los Derechos Humanos.

Claro ejemplo fue la modificación de la ley migratoria a raíz de la condena ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso Vélez Loor vs. Panamá.

Hoy, asumimos un compromiso frente a la comunidad internacional "moral y humanitario" como lo estableció la Declaración de Nueva York sobre Migrantes y Refugiados.

Maestrante de la Universidad Complutense de Madrid.

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