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Nociones elementales de la argumentación penal

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Nociones elementales de la argumentación penal

...echar mano de la historia, de las doctrinas penales o de la filosofía del derecho, de las distintas corrientes del pensamiento jurídico, el dominio de los conceptos legales, en fin, son apenas algunas de las cosas que suelen sucederse en el tinglado de los tribunales...

  • Silvio Guerra Morales
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  • - Actualizado: 30/7/2020 - 04:58 pm
Son excepcionales los casos ante jurados cuya decisión o veredicto se produce por el mero argumento de la piedad o de la compasión, de la conmiseración. Foto: Archivo.

Son excepcionales los casos ante jurados cuya decisión o veredicto se produce por el mero argumento de la piedad o de la compasión, de la conmiseración. Foto: Archivo.

Argumentación penal /Audiencias /Jurados /Nociones elementales

Mucho se ha venido escribiendo y hablando, libros y conferencias abundan, sobre las llamadas técnicas de la argumentación jurídica.

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No tengo la menor duda que los libros que se han escrito mucho ayudan y las conferencias no pierden su objetivo orientador.

Lo cierto es que, meditando sobre esos aportes, en nada por mí marginados, he querido escribir este artículo desde la perspectiva de un abogado que, si algo ha hecho en la vida, dedicado con síndrome de apóstol, ha sido, precisamente, ser un argumentador en los tribunales.

Esto se plasma en la no pocas audiencias en las que durante 35 años he participado, en un 98.5 por ciento como abogado defensor.

Aclaro que han sido muy esporádicas las audiencias en las que he intervenido como abogado acusador.

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Desde luego, la experiencia acumulada en estas tres décadas y media de pleno y arduo ejercicio profesional, me ha permitido hacerme de un patrimonio argumentativo en el que el sentido común, capacidad de improvisación cuando surge el argumento del contrario, sólido y contundente; capacidad para elaborar el argumento y el contraargumento, hacerse de las herramientas intelectuales inmediatas cuando te citan un autor para respaldar un argumento o uno para sustentar el propio, echar mano de la historia, de las doctrinas penales o de la filosofía del derecho, de las distintas corrientes del pensamiento jurídico, el dominio de los conceptos legales, en fin, son apenas algunas de las cosas que suelen sucederse en el tinglado de los tribunales, sobre todo cuando se participa en las audiencias ante los jurados, cuya decisión es por íntima convicción. En conciencia, y no en derecho.

Esto de que no "es en Derecho" la decisión, es bastante relativa, pues los jurados llegan a encontrar su íntima convicción cuando el abogado, que ante ellos interviene, ya como fiscal, querellante o defensor, ha logrado discernirles el argumento jurídico que hace viable la declaratoria de inocencia o no culpabilidad del acusado.

Son excepcionales los casos ante jurados cuya decisión o veredicto se produce por el mero argumento de la piedad o de la compasión, de la conmiseración.

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Siempre, al pedido de la piedad o de la compasión, antecede toda una argumentación jurídica que despliega el abogado en aras de empujar o remar su pretensión jurídica ante el jurado.

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Se dice que los jurados son legos. Bueno eso es bastante relativo también.

Podrán no ser profesionales en Derecho, pero en no pocas audiencias me encontré jurados cuya profesión discurría entre ingenieros, contadores, arquitectos, doctores, maestros, profesores, enfermeras, etc.

Tal vez no sabían de derecho, excepto las nociones elementales formadas en el curso de sus vidas.

Pero eran mentes audaces, rápidas para la intuición y el razonamiento. Juicio crítico y agudo los caracterizaba.

Y ante ellos, obviamente, a ningún abogado, en su cabal juicio, iría a hacer alegatos o presentaciones mediocres o improvisadas en el momento o al fragor de la imaginación.

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Suelen ser duros los jurados, los jueces también, cuando de la presentación de un abogado se desgaja, rápidamente, la mediocridad y el perfil arrabalero del discurso encierra una condena anunciada, si se es defensor, o una absolución inmediata, si se es acusador o fiscal.

La auténtica argumentación jurídica, a mi juicio, exige cuestiones muy propias y que puedo indicar, a guisa de consejos prácticos, las siguientes: 1. Domina, a profundidad, el expediente. Cada detalle, aun el que parezca insignificante, préstale toda la atención. A veces, me ha ocurrido, en el detalle encuentro la puerta de la libertad de mi cliente. Sé agudo, ojo de águila y olfato jurídico de sabueso. 2. Cada hecho relevante, trascendente, desmenúzalo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Con ello lo que quiero indicar es que lo tritures, lo machacas en el mortero jurídico donde se elabora el argumento nítido y claro, preciso y contundente. 3. Ve a la doctrina, a la jurisprudencia, a los fallos de las instancias superiores, orienta al juez o al jurado.

Sean los precedentes la brújula que oriente la decisión del juzgador. 4. Estudia, nunca pares de estudiar. 5. Sé avieso y diestro. 5. Acumula saber. El saber es poder. El argumento con conocimiento tiene poder, convicción. Bomba que aniquila y hace que estallen la superficialidad y venalidad. 6. Ve a los doctrinarios de todos los tiempos. Esos cuyas ideas nunca han dejado de ser. Siguen vigentes y no te divorcies de los del presente.

Pienso que los actuales fueron alimentados por los del pasado. Nada nuevo hay, todo ha sido dicho. 7. Elabora tesis, teorías. 8. Presenta siempre versiones.

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Coartadas?. No, no me refiero a ellas. Claro que existen las cortadas. Pero cuando dependes de una sola corres el riesgo que la neutralicen y destruyen en segundos.

Pero si dispones de varias hipótesis, la duda razonable, esa que es poderosa en su coherencia interna y fortaleza de sus conclusiones, terminará siendo reconocida por el juzgador o por el jurado. ¡Dios bendiga a la Patria!

Abogado.

 

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