Proceso constituyente y golpe de Estado
....cualquier análisis sensato dejaría muy claro que las organizaciones que piden constituyente en Panamá no tienen ni remotamente la capacidad de producir siquiera un mal simulacro de golpe de Estado, mucho menos en el marco de un eventual proceso constituyente en el cual estarían involucrados también los actores políticos más relevantes del país.
- Rubén Darío Córdoba Barría
- /
- - Publicado: 22/3/2021 - 12:00 am
En el año del bicentenario de nuestra independencia de España y nuestra adhesión al ambicioso proyecto grancolombiano del Libertador Simón Bolívar, vuelve a cobrar fuerza el debate sobre el cambio constitucional y la vía idónea para producirlo, sobre todo luego del escándalo de los abusos a menores en algunos albergues y la renuncia del Procurador General de la Nación.
Llama mi atención que cada vez que se activa el debate sobre el cambio constitucional sale a relucir, en algunos sectores, la afirmación de que "la constituyente es un golpe de Estado".
Si bien es comprensible que detrás de esa afirmación puede haber una preocupación legítima sobre la dirección que tome un proceso constituyente y sus resultados, es pertinente señalar que un golpe de Estado y un proceso constituyente son conceptos no solo diferentes, sino francamente contrarios, en algunos aspectos.
Por un lado, el golpe de Estado es, en términos generales, un acto de fuerza ejecutado de manera rápida y sorpresiva por un grupo de personas que están normalmente dentro del propio aparato de gobierno, con la participación activa o pasiva de la fuerza pública, que tiene como objetivo tomar el control del gobierno. Es un asalto ilegítimo al poder político del Estado.
Se trata de un acto que requiere por parte de sus ejecutores de una considerable capacidad real para ejercer violencia contra aquellos que se resistan y también de una gran capacidad técnica de planificación y ejecución.
Honestamente, creo que no exagero si digo que cualquier análisis sensato dejaría muy claro que las organizaciones que piden constituyente en Panamá no tienen ni remotamente la capacidad de producir siquiera un mal simulacro de golpe de Estado, mucho menos en el marco de un eventual proceso constituyente en el cual estarían involucrados también los actores políticos más relevantes del país. Cosa distinta es que esas organizaciones se movilicen y realicen protestas o manifestaciones, algo perfectamente legítimo en cualquier sociedad democrática.
Por otro lado, algo muy diferente a un golpe de Estado es un proceso constituyente democrático, consistente en un conjunto de actos sucesivos y concatenados, dirigidos a producir un cambio constitucional, una nueva Constitución. Ese proceso incluye idealmente un acto de convocatoria, la elección democrática de los miembros de la asamblea constituyente, la elaboración de un proyecto de nueva Constitución Política que involucre un amplio margen de participación ciudadana, así como un referéndum final. Esto, claro está, en términos muy generales, pues cada proceso tiene sus particularidades. Un proceso constituyente va generando con cada una de esas etapas un importante grado de legitimidad democrática, a diferencia de un golpe de Estado, como se puede observar.
VEA TAMBIÉN: ¿Cuándo podremos viajar en cruceros?
Escribo esto naturalmente desde una perspectiva afín al constitucionalismo si se quiere, que valora en gran medida tanto el régimen democrático como los derechos fundamentales, en oposición a una perspectiva autoritaria, que no tiene nada que ver con un proceso constituyente en mi concepto.
Ahora bien, atendiendo la inquietud de quienes albergan algún temor o aprensión, tendríamos que hacernos la siguiente pregunta me parece: ¿existe hoy en Panamá alguna organización política realmente capaz de secuestrar completamente un proceso constituyente e inaugurar un período autoritario?, si alguien considera que la respuesta es afirmativa, es muy importante que lo someta a la discusión.
Particularmente intenso es por otro lado el debate sobre la mejor vía para darnos una nueva Constitución ("constituyente originaria" vs. "constituyente paralela"), queremos abordar ese tema en un próximo artículo, baste decir por ahora que eso es algo que no se definirá en un sereno y hermético panel de expertos, sino en el terreno más amplio de la deliberación y la acción política, como en toda sociedad mínimamente democrática.
Abogado.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.