VIII Congreso Nacional de Abogados
Publicado 2006/04/20 23:00:00
- Dr. Miguel Antonio Bernal
... la abogacía tiene una función social y los abogados deben ejercerla con honradez y moralidad...
BAJO el lema "Consolidando nuestra profesión", el Colegio Nacional de Abogados de Panamá se apresta a celebrar el VIII Congreso Nacional de Abogados durante los días 25 y 26 de abril próximo, así como el de ser anfitrión del XVII Congreso de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA), los días 26, 27, 28 y 29 de abril.
Ambas actividades servirán de marco para abordar una diversidad de temas que han sido y son de acuciante actualidad, no solo para quienes ejercen la profesión de abogado, sino también para todo ciudadano que aspira a que alcancemos, de una vez por todas, la solidez institucional necesaria para poder vivir en un verdadero Estado de Derecho Constituional.
En efecto, entre los temas agendados para el Congreso Nacional se encuentran, entre otros: Retos y Desafíos del Ministerio Público ante las Reformas Penales; Reformas Penales y el Sistema Penal Acusatorio; La Jurisdicción Constitucional: necesidad o alternativa; La Jurisdicción Constitucional ante el pacto de Estado por la Justicia; La Colegiación Obligatoria. Su importancia, La Deontología en la Abogacía; Tratados y Convenios Internacionales y sus efectos en el ejercicio de la Abogacía; La Necesaria Reforma a la Ley del Ejercicio de la Abogacía en Panamá, El Rol del Abogado como Auxiliar de la Administración de Justicia.
El programa académico para el Congreso de la UIBA, que convierte a Panamá durante su celebración en "la capital de la abogacía Iberoamericana", comprende ejes temáticos como: Derecho Ecológico y Ambiental; Derecho de Daños; Movimientos Migratorios en Iberoamérica; Acceso a la Justicia en los Tratados de Libre Comercio; Inmunidad e Impunidad en la Justicia Universal; La Abogacía ante el Estado de Derecho; Métodos Alternativos en la Resolución de Conflictos.
Nuestro país cuenta en la actualidad con alrededor de once mil abogados. Las estadísticas señalan que, con la apertura de un sinnúmero de "Facultades de Derecho" que otorgan títulos de Licenciado en Derecho, la estadística se incrementa en alrededor de 800 idoneidades por año. Solo el año pasado se otorgaron 795 idoneidades; en el 2004 un total de 733, y en el 2003 fueron 714.
Existe en nuestro medio la errada creencia de quienes piensan que la abogacía es un medio para enriquecerse, que la tarea del abogado es defender cualquier causa si la paga es considerable, que el abogado es un hombre o una mujer diestro en el manejo de las leyes y artimañas que puede defender a un mismo tiempo lo blanco y lo negro. ¡¡NO!! El derecho, al igual que todas las profesiones liberales, está llamado y debe cumplir una función social.
Savater nos enseña que "el hecho de pertenecer a una profesión hace socialmente útil al individuo. El profesional ejerce una función necesariamente para la sociedad y ésta tiene interés en facilitarles su labor reconociéndole derechos y privilegios indispensables para el buen ejercicio de la profesión. La idea de utilidad social de la abogacía constituye el eje mismo de todo el sistema de derechos y obligaciones del profesional. Pero hay que completar esta idea básica con la protección de las personas que utilizan los servicios del profesional. El estudio histórico permite considerar que la noción de profesión liberal parece una noción más social que jurídica".
No podemos olvidar que la abogacía tiene una elevada misión y que los abogados deben poseer altas cualidades culturales y principalmente morales: En su obra, El Arte Forense, dice Giuratti del abogado; "Dad a un hombre todas las dotes del espíritu, dadle todas las de carácter, haced que todo lo haya visto, que todo lo haya aprendido y retenido, que haya trabajado durante treinta años de vida, que sea en conjunto un literato, un crítico, un moralista, que tenga la experiencia de un viejo y la inefable memoria de un niño, y tal vez con todo esto formeis un abogado completo".
Raymond Poincare, ilustre abogado y político francés, con motivo del centenario del restablecimiento de la Orden de Abogados en su país, señaló; "En ninguna parte es más completa la libertad que en el foro. La disciplina profesional es leva para los cuidadores de su dignidad y apenas añade nada a los deberes que una conciencia poco delicada se traza a sí misma. Desde que se crea por su trabajo una situación regular, el abogado no depende más que de sí mismo. Es el hombre libre en toda la extensión de la palabra. Sólo pesan sobre él servidumbres voluntarias; ninguna autoridad exterior detiene su actividad individual; a nadie da cuenta de sus opiniones, de sus palabras ni de sus actos; no tiene, de tejas abajo, otro señor que el Derecho. De ahí que en el abogado un orgullo natural, a veces quisquilloso, y un desdén hacia todo lo que es oficial y jerarquizado".
Rafael Bielsa nos enseña que "El atributo esencial del abogado es su moral. Es el substratum de la profesión. La abogacía es un sacerdocio; la nombradía del abogado se mide por su talento y por su moral. La creencia generalizada de que los buenos abogados son listos o pillos es infortunada y falsa".
Jiménez De Asua dice que "el abogado debe saber derecho, pero principalmente debe ser un hombre recto".
Podríamos multiplicar las citas de eminentes juristas de todos los confines del planeta que van en ese sentido pero, en conclusión, lo que nos interesa resaltar es que, la abogacía tiene una función social y los abogados deben ejercerla con honradez y moralidad necesarias para la existencia y perfeccionamiento de la sociedad, para ayudarla a alcanzar la felicidad.
Ambas actividades servirán de marco para abordar una diversidad de temas que han sido y son de acuciante actualidad, no solo para quienes ejercen la profesión de abogado, sino también para todo ciudadano que aspira a que alcancemos, de una vez por todas, la solidez institucional necesaria para poder vivir en un verdadero Estado de Derecho Constituional.
En efecto, entre los temas agendados para el Congreso Nacional se encuentran, entre otros: Retos y Desafíos del Ministerio Público ante las Reformas Penales; Reformas Penales y el Sistema Penal Acusatorio; La Jurisdicción Constitucional: necesidad o alternativa; La Jurisdicción Constitucional ante el pacto de Estado por la Justicia; La Colegiación Obligatoria. Su importancia, La Deontología en la Abogacía; Tratados y Convenios Internacionales y sus efectos en el ejercicio de la Abogacía; La Necesaria Reforma a la Ley del Ejercicio de la Abogacía en Panamá, El Rol del Abogado como Auxiliar de la Administración de Justicia.
El programa académico para el Congreso de la UIBA, que convierte a Panamá durante su celebración en "la capital de la abogacía Iberoamericana", comprende ejes temáticos como: Derecho Ecológico y Ambiental; Derecho de Daños; Movimientos Migratorios en Iberoamérica; Acceso a la Justicia en los Tratados de Libre Comercio; Inmunidad e Impunidad en la Justicia Universal; La Abogacía ante el Estado de Derecho; Métodos Alternativos en la Resolución de Conflictos.
Nuestro país cuenta en la actualidad con alrededor de once mil abogados. Las estadísticas señalan que, con la apertura de un sinnúmero de "Facultades de Derecho" que otorgan títulos de Licenciado en Derecho, la estadística se incrementa en alrededor de 800 idoneidades por año. Solo el año pasado se otorgaron 795 idoneidades; en el 2004 un total de 733, y en el 2003 fueron 714.
Existe en nuestro medio la errada creencia de quienes piensan que la abogacía es un medio para enriquecerse, que la tarea del abogado es defender cualquier causa si la paga es considerable, que el abogado es un hombre o una mujer diestro en el manejo de las leyes y artimañas que puede defender a un mismo tiempo lo blanco y lo negro. ¡¡NO!! El derecho, al igual que todas las profesiones liberales, está llamado y debe cumplir una función social.
Savater nos enseña que "el hecho de pertenecer a una profesión hace socialmente útil al individuo. El profesional ejerce una función necesariamente para la sociedad y ésta tiene interés en facilitarles su labor reconociéndole derechos y privilegios indispensables para el buen ejercicio de la profesión. La idea de utilidad social de la abogacía constituye el eje mismo de todo el sistema de derechos y obligaciones del profesional. Pero hay que completar esta idea básica con la protección de las personas que utilizan los servicios del profesional. El estudio histórico permite considerar que la noción de profesión liberal parece una noción más social que jurídica".
No podemos olvidar que la abogacía tiene una elevada misión y que los abogados deben poseer altas cualidades culturales y principalmente morales: En su obra, El Arte Forense, dice Giuratti del abogado; "Dad a un hombre todas las dotes del espíritu, dadle todas las de carácter, haced que todo lo haya visto, que todo lo haya aprendido y retenido, que haya trabajado durante treinta años de vida, que sea en conjunto un literato, un crítico, un moralista, que tenga la experiencia de un viejo y la inefable memoria de un niño, y tal vez con todo esto formeis un abogado completo".
Raymond Poincare, ilustre abogado y político francés, con motivo del centenario del restablecimiento de la Orden de Abogados en su país, señaló; "En ninguna parte es más completa la libertad que en el foro. La disciplina profesional es leva para los cuidadores de su dignidad y apenas añade nada a los deberes que una conciencia poco delicada se traza a sí misma. Desde que se crea por su trabajo una situación regular, el abogado no depende más que de sí mismo. Es el hombre libre en toda la extensión de la palabra. Sólo pesan sobre él servidumbres voluntarias; ninguna autoridad exterior detiene su actividad individual; a nadie da cuenta de sus opiniones, de sus palabras ni de sus actos; no tiene, de tejas abajo, otro señor que el Derecho. De ahí que en el abogado un orgullo natural, a veces quisquilloso, y un desdén hacia todo lo que es oficial y jerarquizado".
Rafael Bielsa nos enseña que "El atributo esencial del abogado es su moral. Es el substratum de la profesión. La abogacía es un sacerdocio; la nombradía del abogado se mide por su talento y por su moral. La creencia generalizada de que los buenos abogados son listos o pillos es infortunada y falsa".
Jiménez De Asua dice que "el abogado debe saber derecho, pero principalmente debe ser un hombre recto".
Podríamos multiplicar las citas de eminentes juristas de todos los confines del planeta que van en ese sentido pero, en conclusión, lo que nos interesa resaltar es que, la abogacía tiene una función social y los abogados deben ejercerla con honradez y moralidad necesarias para la existencia y perfeccionamiento de la sociedad, para ayudarla a alcanzar la felicidad.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.