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Detención, multa y trabajo comunitario para quienes violen cuarentena por COVID-19

Juan Pino, ministro de Seguridad Pública, declaró este sábado que serán más enérgicos y estrictos porque mucha gente no ha querido cumplir con las normas que se han ordenado a raíz del coronavirus.

José Chacón - Actualizado:

Casi 800 personas fueron retenidas el Viernes Santo a pesar de la cuarentena absoluta. Foto: Policía Nacional.

Un incremento en la sanción económica, una detención de 24 horas y, además, la obligación de realizar trabajo comunitario son las nuevas medidas adoptadas por las autoridades contra quienes violen las disposiciones estabelcidas por el Gobierno ante el Estado de Emergencia Nacional por la crisis del coronavirus.

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Juan Pino, ministro de Seguridad Pública, declaró este sábado que serán más enérgicos y estrictos porque mucha gente no ha querido cumplir con las normas que se han ordenado a raíz de la pandemia del COVID-19 que afecta a todo el mundo.

"La decisión está tomada... habrá aumento de multa para los infractores, detención por 24 horas y trabajo comunitario de limpieza. Se aprovechará para quienes quieran estar fuera de sus casas para ponerlos a limpiar las calles como parte de su pena por infringir la ley", dijo Juan Pino en conferencia de prensa.

El motivo de elevar la multa de la sanción económica y aplicar otras medidas surgió porque el viernes10 de abril fueron retenidas 798 personas que no acataron la norma, comentó la fuente.

El titular del Ministerio de Seguridad Pública añadió que Panamá Oeste, San Miguelito, Chiriquí y Colón son las zonas del país donde mayormente se viola el toque de queda y la cuarentena total absoluta.

La multa por transgredir la cuarentena es de $50.00 que es aplicada por un juez de paz. El ciudadano que no cuente con los recursos económicos deberá cumplir con los tres castigos mencionados al inicio de este reporte.

En relación a los conductores que violen la cuarentena establecida los sábados y domingos, reiteró que se les suspenderá la licencia por espacio de tres meses y el vehículo será montado en grúa.

Juan Pino añadió que la norma se hizo efectiva hoy tras la promulgación de la Gaceta Oficial N0. 29000 donde "se adicionó un artículo transitorio al Decreto Ejecutivo N°. 640 de 27 de diciembre de 2020, por el cual se expide el Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá".

 

 

"Durante el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante la Resolución de Gabinete N° 11 de 13 de marzo de 2020, todo conductor de vehículo de motor que viole disposiciones expedidas por autoridad competente y que impliquen restricciones a la movilidad, será sancionado en atención a lo establecido en el numeral 52 del artículo 241 del Reglamento de Tránsito. La sanción acarreará, además la suspensión por tres (3) meses de la licencia de conducir, y la retención y remoción del vehículo en grúa”, se lee en el citado artículo.

A más de un mes de haberse detectado el primer caso de Covid-19 en Panamá se han registrado 79 muertes y 3,234 pacientes infectados.

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