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Sociedad / Migración restablece el periodo de tres meses como estadía máxima para los turistas

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Migración / Panamá / Turistas / Viaje / Visa

Panamá

Migración restablece el periodo de tres meses como estadía máxima para los turistas

Actualizado 2021/09/06 07:44:40
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

Mediante la resolución 22,068, Migración establece que se considerará turista a todo aquel extranjero que ingrese ocasionalmente al país, sin ánimo de establecer su residencia en Panamá, ni de abandonar la que ya posea.

Movimiento de turistas empieza a restablecerse. Foto: Archivo

Movimiento de turistas empieza a restablecerse. Foto: Archivo

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El Servicio Nacional de Migración restablecerá , a partir del 1 de octubre próximo, el periodo de tres meses como término legal autorizado para que los turistas permanezcan en Panamá.

Este término empezará a correr desde que el turista ingrese al territorio nacional.

Mediante la resolución 22,068, Migración establece que se cosiderará turista a todo aquel extranjero que ingrese ocasionalmente al país, sin ánimo de establecer su residencia en Panamá, ni de abandonar la que ya posea.

Estas personas deberán ingresar a Panamá con el único propósito de recrearse, hacer compras, negocios, turismo médico, visitas, entre otros intereses análogos.

Además, tienen que contar con los recursos económicos necesarios y garantizar que una vez se cumplan los tres meses aprobados por ley abandonarán el territorio nacional.

También es obligatorio que los turistas presenten un pasaporte con un mínimo de tres meses de vigencia, reserva comprobada de salida del país, pruebas de que tiene solvencia para sufragar su estadía en Panamá, que no puede ser menor a $500, y cumplir con las normas de bioseguridad exigidas por el Ministerio de Salud.

No obstante, la persona no podrá ingresar al país si Migración o las autoridades de seguridad lo rechazan, a pesar de que cumplan con los requisitos exigidos.'

1


de septiembre pasado se emitió la presente resolución.

3


es el número del Decreto Ley de 2008 que le da a Migración la potestad de tomar estas decisiones.

Migración también estableció en la citada resolución que los nacionales y los extranjeros residentes temporales, provisionales o permanentes podrán invitar a los nacionales de países que no le exijan a los panameños una visa de ingreso.

VEA TAMBIÉN: Asesinan a tiros a dos hombres en El Coco de La Chorrera

La persona que invite a un extranjero a Panamá deberá probar su solvencia económica, mínima para cubrir los gastos de su invitado mientras permanezca en Panamá.

Quienes ingresen en base a las normas migratorias antes mencionadas podrán pedirle a las autoridades nacionales un cambio de su estatus migratorio.

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