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Sociedad / Sexo en público: ¿Cuáles son las sanciones?

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Panamá América Panamá América Lunes 01 de Diciembre de 2025
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Actos inmorales / Investigación / Juez de Paz / Panamá / Sanción

Panamá

Sexo en público: ¿Cuáles son las sanciones?

Actualizado 2025/02/11 18:52:03
  • Belys Toribio
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Las sanciones quedan a discrecionalidad del juez, puede ser desde una reprimenda pública hasta una multa que no exceda los $1,000.

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Los encuentros por urgencia sexual suelen ser fortuitos y con desconocidos. Ilustrativa / Pixabay

Los encuentros por urgencia sexual suelen ser fortuitos y con desconocidos. Ilustrativa / Pixabay

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En Panamá, no hay una ley que penalice las relaciones sexuales en público y aunque no está tipificado como un delito en el Código Penal no quiere decir que reine la impunidad por este tipo de conducta.

Por los actos sexuales protagonizados por un grupo de hombres en un baño de la localidad el Ministerio Público inició una investigación, sin embargo, no está claro qué conducta delictiva se pretende acreditar.

A juicio de Eliécer Plicett, abogado penalista, no hay conducta delictiva al menos en lo que se observa en las imágenes que son de conocimiento público, ya que se observa, salvo se demuestre lo contrario, que hay consentimiento de los participantes, todos son adultos y en escena no hay menores de edad.

Plicett explicó que lo peligroso de este caso es que expusieron a que cualquiera, especialmente menores de edad, que entrara al baño a hacer sus necesidades fisiológicas presenciaran la escena, que si hubiese ocurrido el panorama sería otro.

Basándose en las imágenes que son de conocimiento público, el abogado Alfonso Fraguela, expresidente del Colegio Nacional de Abogados, coincide con Plicett que sería competencia de la Justicia Comunitaria de Paz sancionar a estas personas.

La Ley 16 del 17 de junio de 2016 hace un desglose en el artículo 29 de más de 20 situaciones en las cuales los jueces de paz pueden intervenir y en el caso que ha causado indignación en las redes se podría sancionar a los involucrados por "actos que atenten contra la integridad y seguridad ciudadana siempre que no constituyan delito" (numeral 2) y también podría aplicarse "actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres de la comunidad" (numeral 10).

Las sanciones quedan a discrecionalidad del juez, puede ser desde una reprimenda pública hasta una multa que no exceda los $1,000.

Conducta sexual

Las relaciones sexuales en lugares públicos es una práctica muy repetitiva en culturas europeas y norteamericanas, no está bien porque es un comportamiento contrario a la convivencia y el sexo es un momento íntimo y personal

De forma general, Lesbia González, psicóloga forense, explicó que esta es una conducta impulsada por varias razones como la urgencia sexual, adicción al sexo, placer por ser visto o descubiertos, la homosexualidad, entre otros, y es muy común entre personas menores de 30 años.

Cuando ocurre por urgencia sexual suele ser un encuentro fortuito y con desconocidos, raramente las personas se citan en un lugar público para tener un encuentro, ya que de conocerse quizás buscarían otro sitio.

Respecto a la homosexualidad, la especialista detalló que al no ser lo "suficientemente entendida y aceptada" las personas se esconden y hacen todo lo posible para que no los descubran, lo que los puede llevar también a tener encuentros en estos sitios.

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A González le preocupa el morbo que hay en torno a la sexualidad humana, enfatizó en que no está bien tener sexo en público, no obstante, la sorna y burla con la que ha sido abordado el tema deja mucho que pensar.

"Mientras más educación sexual haya menos morbo y menos problemas de este tipo se van a dar", sostuvo la especialista.

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