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Tema del Día / Primera dama también practica el nepotismo

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Ana mae castillo, su hermana, ocupa una posición dentro de su despacho

Primera dama también practica el nepotismo

Publicado 2014/09/15 00:00:00
  • Rafael Berrocal (rafael.berrocal@epasa.com)

El Código de Ética de los servidores públicos prohíbe el nepotismo, aunque se trate de funcionarios ‘ad honórem’.

La primera dama de la República, Lorena Castillo, fue quizás la única figura del Gobierno que se manifestó contra el nepotismo en el Gobierno...

Regulación
  • 246 es el Decreto Ejecutivo por el cual se aprobó el Código de Ética de los servidores públicos de Panamá en 2004.
  • 47 artículos regulan este Código de Ética que establece los compromisos y deberes de cada servidor público en el Gobierno central.

La primera dama de la República, Lorena Castillo, fue quizás la única figura del Gobierno que se manifestó contra el nepotismo en el Gobierno, aunque posteriormente salió a justificar el nombramiento de su hermana Ana Mae Castillo.

“No estoy de acuerdo con el nombramiento y pienso que debe rectificar. Es su responsabilidad ante el país y el Gobierno”, escribió la primera dama cuando se presentó el escándalo del nombramiento del sobrino del ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán.

Pero cuando los medios de comunicación sacaron a relucir que la primera dama también tenía nombrada a su hermana Ana Mae Castillo, salió a defender su caso. Indicó que en el caso de su hermana se trata de un nombramiento “sin salario, ad honórem o voluntario”.

Sin embargo, el Código de Ética de los servidores públicos, aprobado por Decreto Ejecutivo 246 del 15 de diciembre de 2004, no lo exonera de la categoría de nepotismo.

El artículo 2 de este código establece textualmente: “para los efectos del presente decreto, se entiende por función pública toda actividad permanente o temporal, remunerada o ad honórem, realizada por una persona natural en nombre o al servicio del Estado en cualquiera de las instituciones a que se refiere el artículo anterior, con independencia de su nivel jerárquico”.

Mientras, en el artículo 41 de este código se establece que: “el servidor público deberá abstenerse de beneficiar con nombramientos en puestos públicos a su cónyuge, pareja de unión consensual u otros parientes dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad. El servidor público también deberá abstenerse de ejercer la función pública en la misma unidad administrativa o en unidades administrativas que mantengan entre sí relaciones de control o fiscalización, y en las que laboren personas incluidas en los mencionados vínculos de parentesco, ya sean originales o sobrevinientes, sin notificar tal situación oportunamente a su superior jerárquico”.

El constitucionalista Miguel Antonio Bernal, señaló que estos tres primeros meses del gobierno de Varela se han desarrollado sin transparencia, pese a que las autoridades han afirmado que se toman su tiempo para analizar cada designación y nombramiento. “El Gobierno no ha hecho nada, está incumpliendo en la necesidad de actuar con transparencia”, señaló.

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