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La unión Legal

Yovanska Spadafora - Publicado:
El Código de la Familia y del Menor de la República de Panamá, establece en el Artículo 34 de su Libro I, Título I, Capítulo II denominado "De los Impedimentos Matrimoniales", que no pueden contraer matrimonio entre sí las personas del mismo sexo.

Sin embargo, bajo los parámetros de la Ley existe un Proyecto de Anteproyecto de Ley, por el cual se reconoce la Igualdad Jurídica de las Parejas Estables y establece en su Artículo 1 que dicha Ley tiene como finalidad reconocer jurídicamente las relaciones estables de personas del mismo sexo.

Para los efectos de esta Ley se contempla como pareja estable, las relaciones o uniones conformadas libremente por dos personas mayores de edad, con independencia de su sexo y orientación sexual, que comparten una vida en común afectiva y patrimonial, las cuales no constituyen ni en sí ni en parte, la figura de Matrimonio Civil, regulado por el Código de la Familia.

Bajo este argumento, el licenciado Fernando Soto, Asesor Jurídico de la Asociación de Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá, sociedad que lucha por los derechos de los homosexuales y lesbianas de nuestro país, aseguró que en Panamá no se está propugnando por la aprobación de los matrimonios homosexuales, mas sí por el reconocimiento de las uniones jurídicas de personas homosexuales y heterosexuales, por parte del Estado.

"Lo que se está tratando de buscar es una equiparación entre las uniones civiles que el Estado reconoce, que en este caso es el matrimonio, y las relaciones estables que ahora mismo no están reconocidas", acotó Soto.

Las uniones de parejas estables no contemplan una constitución de un régimen patrimonial especial, por el cual se reconozca que los bienes que adquieran cada uno (a) de ellos (as), sus rentas, frutos, usufructos y demás beneficios económicos que produzcan bienes, pertenecen a ambas partes.

Es así como se busca legislar, mediante los efectos de la unión de parejas estables, que todos los bienes adquiridos a lo largo de la relación, queden repartidos a partes iguales, siempre y cuando se establezcan señalamientos en documento notario ante el registro público.

Soto asegura, que "de esta manera se busca equilibrar las pugnas que surgen entre ambas partes al momento de la disolución de estas relaciones, o en un caso determinado, el fallecimiento de una de ellas".

Entre otros aspectos, el Proyecto, que no contempla adopciones infantiles, establece que la realización de la inscripción de la unión de parejas estables se seguirá con el mismo procedimiento llevado en los casos del matrimonio civil, señalados por el Código Judicial a través de los organismos estatales designados para el registro y control del estatus civil.

Igualmente, contarán con los mismos derechos a la prestación de beneficios del Sistema de Seguridad Social Integral, a la disolución de las mismas, a ser beneficiarios mutuos de seguros, a los beneficios prescritos en la legislación laboral, a solicitar la permanencia en el territorio nacional de el o la compañera (o), entre otros.

Son muchas las limitaciones impuestas en nuestro país para la aprobación de este proyecto y la principal radica esencialmente en el aspecto religioso, como nos comenta Soto, ya que la concepción de la religión es una infraestructura de poder, y las religiones, todas, ejercen su poder tratando temas como éste, como si atentasen contra sus instituciones.

Aunado a esta contrariedad, se ha mal entendido que lo que se busca con este Proyecto es legalizar los "matrimonios homosexuales", cuando no es así, sabiendo que el matrimonio es una potestad exclusivamente de las religiones.

"Básicamente es la mala concepción religiosa que se tiene de este tipo de uniones, y partiendo de allí, es bien sabido que las autoridades eclesiásticas influyen de manera directa en las autoridades civiles", finalizó Soto.

El Estado no puede negar el derecho a casarse a las parejas homosexuales.

Esta fue la sentencia del tribunal de más alta instancia de Massachusetts, con lo que se abre por primera vez en EE.

UU.

una puerta para legalizar el matrimonio entre parejas del mismo sexo.

Hasta ahora en todos los estados estaba prohibido el matrimonio homosexual.

Sólo en el estado de Vermont se permite la unión civil entre personas del mismo sexo, aunque la norma que la avala no se refiere a "matrimonio", a pesar de que los cónyuges tengan los mismos derechos que en una unión heterosexual de ese tipo.

Aunque esta sentencia sólo afecta al estado de Massachussets, para los que luchan por la igualdad de los derechos de los homosexuales, éste es sin duda un gran paso y un reflejo de los cambios en la sociedad estadounidense.

"Sí.

No lo veo mal, porque ellos saben lo que hacen y el problema está en que nuestra cultura no está acostumbrada a ver eso.

De unos años para acá es que hacen más pública su relación.

Mejor que se sepa que es un homosexual a que ande con mujeres y con hombres a la vez".

(19, m).

"Relativo, ¿no? Pero, normal.

A mí no me molesta.

Si ellos se quieren casar y suben la economía del país por mí está bien.

Después que tengan plata para comprar carro, comprar casa y muebles".

(h, 27).

"Yo realmente estoy de acuerdo.

Si ellos nacen así tienen que tener una vida homosexual.

Quieren tener "familia"" (23, m).

Finalmente, aquellos a quienes les es indiferente expresaron entre otras cosas : "Que cada uno haga su vida como pueda", "Me da igual", "No me interesa", "Si ellos quieren", "Si son felices así", "Es asunto suyo", "No me molesta", "Con tal que no se metan con uno tienen derecho".

¿Es un aval disfrazado?
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