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Acodeco impone multas a agentes económicos por no acatar márgenes de comercialización

Los 14 productos que mantienen sus precios máximos de venta, bajo control de precios y que son verificados, son la babilla, bistec de cinta, carne molida de primera, pollo entero, arroz de primera, cebolla amarilla nacional e importada, ñame, papa nacional, tomate perita, yuca, leche en polvo, pan de molde blanco, queso amarillo americano procesado y salchichas que contengan carne de res.

Diana Díaz - Actualizado:

Hasta la fecha, la mayor parte de estas multas corresponden a 329 agentes económicos por no acatar los márgenes de comercialización por unidad.

En 301 días (desde enero al 9 de octubre de 2020), la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa  la Competencia (Acodeco) registra 1,883 multas en primera instancia, por $2,005,297.50 a diferentes agentes económicos de todo el país.

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Según datos oficiales del Tablero de Multas de la Acodeco, estas sanciones han sido impuestas a 1,614 agentes económicos (un mismo agente económico pudo ser objeto de varias multas).  Entre los más sancionados se encuentran los supermercados, minisúper, farmacias, almacenes, bancos, entre otros.

Hasta la fecha, la mayor parte de estas multas corresponden a 329 agentes económicos por no acatar los márgenes de comercialización por unidad, de los 11 productos de aseo personal y limpieza ($949,750.00), y 351 por incumplir el control de precios de los 14 productos de primera necesidad ($560,377.50). 

Estos motivos suman en total $1,510,377.50, abarcando el 75 % de las sanciones de primera instancia impuestas por la Acodeco, en lo que va del presente año.

Las otras multas son por infracciones a la Ley 45 de 2997 de protección al consumidor,  987 por $294,610.00;  Historial de crédito (Ley 24 de 2002), 90 por $142,800.00; Decreto de Gabinete 16 de 2014 ‘Uso indebido de cilindro de gas de 25 libras, 24 multas por $31,500.00; Ley 6 de 1987, beneficios para jubilados, pensionados y la tercera edad, 82 sanciones por $20,860.00; la Ley 1 de 2018 (uso de Bolsas Reutilizables) 16 multas por $3,400.00 y uso obligatorio de letreros (Ley 113 de 2019), 4 sanciones por $2,000.00.

Cabe destacar que a pesar de la situación generada por el Covid-19, el personal de verificación de esta institución realiza sus tareas diarias de protección al consumidor en todas las agencias regionales y la sede central de esta institución, cumpliendo con las respectivas medidas sanitarias.

Los 14 productos que mantienen sus precios máximos de venta, bajo control de precios y que son verificados, son la babilla, bistec de cinta, carne molida de primera, pollo entero, arroz de primera, cebolla amarilla nacional e importada, ñame, papa nacional, tomate perita, yuca, leche en polvo, pan de molde blanco, queso amarillo americano procesado y salchichas que contengan carne de res.

Igualmente, los márgenes de comercialización establecidos del 15% para mascarillas desechables y del 23 % para los otros 10 productos (producto antibacterial o antimicrobial, gel alcoholado o antibacterial, alcohol para uso externo, jabón antibacterial en barra o líquido, desinfectantes pañuelos desechables, desinfectantes en aerosol, vitamina C, guantes desechables y paños húmedos).

VEA TAMBIÉN: Economistas: bancos no dieron la solidaridad debida

Se les recuerda a los consumidores que para atención y denuncia, los reportes pueden realizarse a través del WhatsApp  6330-3333.

Las denuncias se atienden diariamente y son anónimas, pero deben describir las faltas, el nombre y ubicación exacta del establecimiento comercial. Igualmente, se pueden reportar a través de la Línea de Atención Ciudadana 311, las 24 horas, los 7 días de la semana.

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