Skip to main content
Trending
Campeonato Nacional de Futsal busca descubrir nuevos talentosPanamá dice presente en el XV Campeonato Panamericano de AjedrezDenuncia: Se roban $5 mil del seguro escolar de la Escuela Sofía Quiroz de Tejeira, en Las Lomas de PenonoméBéisbol mayor tuvo buena aceptación de fanáticos en los estadios¿Cómo se trasladaron $4.2 millones a la Asamblea sin pasar por la Comisión de Presupuesto?, pregunta que Herrera no respondió
Trending
Campeonato Nacional de Futsal busca descubrir nuevos talentosPanamá dice presente en el XV Campeonato Panamericano de AjedrezDenuncia: Se roban $5 mil del seguro escolar de la Escuela Sofía Quiroz de Tejeira, en Las Lomas de PenonoméBéisbol mayor tuvo buena aceptación de fanáticos en los estadios¿Cómo se trasladaron $4.2 millones a la Asamblea sin pasar por la Comisión de Presupuesto?, pregunta que Herrera no respondió
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Economía / Todo lo que debe saber sobre el decreto de retención del impuesto de su vivienda

1
Panamá América Panamá América Jueves 14 de Mayo de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Dirección General de Ingresos / Impuesto Inmueble / MEF

Todo lo que debe saber sobre el decreto de retención del impuesto de su vivienda

Publicado 2018/12/04 10:15:00
  • Yessika Valdes
  •   /  
  • Seguir
  •   /  
  • yvaldes@epasa.com
  •   /  

De acuerdo al documento, se excluye todo aquellos bienes inmuebles que sean declarados patrimonio familiar tributario o la vivienda familiar de los contribuyentes.

  • facebook messenger
  • Compartir en WhatsApp
  • x twitter
  • facebook messenger
  • facebook messenger
Mediante el Decreto Ejecutivo No.362 de 29 de noviembre de 2018 se reglamentó el mecanismo de retención del impuesto de bien inmueble.

Mediante el Decreto Ejecutivo No.362 de 29 de noviembre de 2018 se reglamentó el mecanismo de retención del impuesto de bien inmueble.

Noticias Relacionadas

  • 1

    La exoneración del impuesto de inmueble. ¿Qué hacer?

  • 2

    Bancos y financieras podrán incluir pago de impuesto de inmueble en letra de préstamos

  • 3

    Moratoria para el pago del impuesto de inmueble se extenderá hasta diciembre, luego de sanción de la Ley

Mediante el Decreto Ejecutivo No.362 de 29 de noviembre de 2018 se reglamentó el mecanismo de retención del impuesto de bien inmueble, el cual establece que los bancos con licencia general, las entidades financieras, las cooperativas y las demás instituciones que otorguen financiamientos para la adquisión de viviendas o bienes raíces podrán incluir el pago del impuesto en la letra de préstamo.

¿Qué se excluye?

De acuerdo con el documento, todos aquellos bienes inmuebles que sean declarados patrimonio familiar tributario o la vivienda familiar de los contribuyentes.

Responsables del pago de la retención

Las personas naturales o jurídicas que tengan la condición de deudor, con independencia de que el mismo sea propietario de dicho inmueble.

¿Cómo se calculará el monto del impuesto de bien inmueble?

La Dirección General de Ingresos (DGI), determinará y comunicará a los agentes de retención cuáles bienes inmuebles deben considerar como objeto de retención y el valor a retener, de conformidad con la tarifa progresiva combinada establecida en el Código Fiscal 

a. 0% sobre la base imponible de $0 hasta 30 mil dólares

b.0.6% sobre la base imponible excedente de 30 mil dólares hasta 250 mil dólares

c. 0.8% sobre la base imponible excedente de 250 mil dólares hasta 500 mil dólares

d. 1% sobre la base imponible excedente de 500 mil dólares

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

Obligación de informar de los agentes de retención (bancos, financieras, cooperativas, etc.)

Los agentes de retención deberán remitir a la DGI la siguiente información: 

a. Todos los financiamientos vigentes para la adquisión  de viviendas o bienes raíces general o por créditos garantizados con bienes inmuebles y sus mejoras que hayan sido financiados a través de préstamos o créditos hipotecarios o que sean garantizados por fideicomiso de garantía y de emisión de valores

b. A partir de 1 de enero de 2019, los nuevos financiamientos y los que sean cancelados o traspasados a otras entidades financieras a fin de tener la información actualizada de los bienes inmuebles objetos de la retención.

Obligaciones de la Dirección General de Ingresos

a. Comunicar a los agentes de retención sobre los saldos, intereses y recargos pendientes de pago por concepto de la retención del impuesto de inmueble, a fin de que estos informen a los contribuyentes.

b. Informar a los agentes de retención sobre aquellos inmuebles que se constituyen como patrimonio familiar o tributario o vivienda principal, los cuales no serán de objeto de la retención

c. Informar a los agentes de retención loas sumas a retener en forma anual y cuatrimestral, en concepto del impuesto de inmueble y podrá establecer mediante resolución otros parámetros.

d. Establecer, mediante resolución y para los financiamientos inscritos con anteriridad al 1 de enero de 2019, criterios para la priorización en el envío de la información, así como plazos para dar inicios al mecanismo de la retención.

Obligaciones de los agentes de retención

a. Enviar a la DGI información sobre los bienes inmuebles que actualmente tienen financiamiento vigentes, así como la relacionada con la segunda hipoteca, en la forma que señale la DGI, para que esta entidad le indique al agente de retención, cuáles son los bienes inmuebles sujetos a la retención que le corresponde a fectura.

b.Efectuar las retenciones de las sumas correspondientes al impuesto de inmuebles, de conformidad con los comunicado por la DGI.

c. Reportar a la DGI y depositar a favor del Tesoro Nacional, las sumas retenidas en concepto de impuestos de inmuebles, cuya forma se determinará a tarvés de resolución.

d. Comunicar a los responsables de pago de la retención sobre los saldos, intereses y recargos pendientes de pagos por concepto de la retención del impuesto de inmueble, según la información comunicada por la DGI.

Mecanismo de retención del impuesto de inmueble para los bancos de licencia general que actúen como agentes de retención 

Las entidades bancarias y fiduciarias reguladas por la Superintendencia de Bancos de Panamá y que funcionen como agentes de retención del impuesto de inmuebles, quedan autorizadas por este decreto a practicar las retenciones mediante débitos sobre saldos disponibles en cuentas a la vista.

Mecanismo de retención del impuesto de inmueble para las entidades financieras, cooperativas y demás instituciones que actúen como agentes de retención

Los agentes de retención dentro del presente artículo, deberán realizar la retención del impuesto de inmuebles a través de letras de financiamiento.

Términos para el pago del impuesto de inmueble

En el caso en que el monto  del impuesto de inmueble no exceda los $10, se deberá realizar la retención en una sola cuota o partida, a más tardar el 31 de diciembre de cada año.

Si la retención del impuesto de inmueble es anual, los agentes de retención deben retener el 90% del total del pago dentro de los dos primeros meses del primer cuatrimestre, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 66 del 17 de octubre de 2017.

 

 

 

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Panamá es el principal centro de conexiones de la región. Foto: Cortesía/Aeropuerto de Tocumen

Aeropuerto de Tocumen crece un 15 % y supera los 5,7 millones de pasajeros en el primer trimestre de 2026

Panamá acelera su economía digital: la continuidad operativa de las industrias depende de infraestructura inteligente

La infraestructura detrás del clic: ¿Cómo los centros de datos hacen posible nuestra vida diaria?

Tejas de PVC: la revolución silenciosa que ya recorre los techos de Panamá

IFX Cloud: la nube empresarial que impulsa el crecimiento de los negocios en Latinoamérica

Últimas noticias

El torneo nacional de futsal arranca este domingo en el CAR. Foto: FPF

Campeonato Nacional de Futsal busca descubrir nuevos talentos

Delegación panameña de ajedrez. Foto: Cortesía

Panamá dice presente en el XV Campeonato Panamericano de Ajedrez

Actualmente, no todos los estudiantes están asegurados, lo cual es preocupante, dijo la madre de familia.

Denuncia: Se roban $5 mil del seguro escolar de la Escuela Sofía Quiroz de Tejeira, en Las Lomas de Penonomé

Bocas del Toro se coronó en el torneo nacional mayor. Foto: Fedebeis

Béisbol mayor tuvo buena aceptación de fanáticos en los estadios

¿Cómo se trasladaron $4.2 millones a la Asamblea sin pasar por la Comisión de Presupuesto?, pregunta que Herrera no respondió

Lo más visto

Accidente de tránsito en Costa Verde deja una víctima fatal y varios heridos

La Villa de Los Santos se prepara para la celebración del Corpus Christi

Cobre Panamá y Cecomro apuestan por el turismo indígena como motor de desarrollo en dos comarcas

Biólogos monitorean impacto ambiental en la construcción del muelle multipropósito de Puerto Armuelles

Defensa de Anel 'Bolo' Flores niega irrupción en la Fiscalía Anticorrupción

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

El Pulso

El Pulso

Trazo del día
Trazo del Día

Trazo del Día

Newsletter



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".