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Judicial / Ante eventual triunfo de Ricardo Martinelli en el 2024, ahora demandan en la Corte Suprema de Justicia fallo del Tribunal Electoral

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Panamá América Panamá América Lunes 13 de Abril de 2026
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Corte Suprema de Justicia / Demanda / Panamá / Ricardo Martinelli / Tribunal Electoral

Panamá

Ante eventual triunfo de Ricardo Martinelli en el 2024, ahora demandan en la Corte Suprema de Justicia fallo del Tribunal Electoral

Actualizado 2022/03/30 00:00:06
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • PanamaAmerica

En todo caso ya existen pronunciamientos de que el recurso de inconstitucionalidad no tiene efectos retroactivos en materia electoral.

Corte Suprema Justicia, tiene potestad de admitir el recurso o no. Cortesía

Corte Suprema Justicia, tiene potestad de admitir el recurso o no. Cortesía

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Los adversarios políticos de Ricardo Martinelli temerosos ante su paso arrollador para lograr la Presidencia de Panamá, presentaron ayer ante la Corte Suprema de Justicia una demanda o acción de inconstitucionalidad contra la decisión mayoritaria del Tribunal Electoral que mantiene el fuero electoral al exmandatario y le reconoce el Principio de Especialidad. 

Ya el Partido Panameñista, que apenas suma 5% en la intención de votos del pueblo, había anticipado que interpondrían una acción de inconstitucionalidad.   Ayer casi el cierre del horario judicial, se presentó a la Corte la abogada Linda Esther Guevara González para presentar la demanda de inconstitucionalidad. 

Tras el reparto, la demanda fue asignada a la magistrada Maribel Cornejo.  En todo caso ya existen pronunciamientos de que el recurso de inconstitucionalidad no tiene efectos retroactivos en materia electoral. 

En un fallo mayoritario, el Tribunal Electoral se revocó una resolución del 23 de febrero de 2022 dictada por el Juzgado Segundo Electoral, que levantó el fuero a Martinelli en los casos de la constructora Odebrecht y New Business.

En el fallo, los magistrados advierten que en estado de Derecho, las autoridades están obligadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.

Los magistrados señalan que al levantar el fuero a petición del Juzgado Tercero Liquidador de Causa Penales, el Juzgado electoral violó el debido proceso, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el artículo 138 del Código Electoral.

Además advierte la claridad de lo establecido en el artículo VIII del Tratado de Extradición de EEUU, sobre el Principio de Especialidad (no ser juzgado por causa diferente por la cual fue extraditado).'

2


magistrados del Tribunal Electoral le respetaron el fuero a Ricardo Martinelli.

 

El aforado Martinelli goza de un derecho a su favor otorgado por una ley de la República, que impide ser investigado o juzgado por un delito distinto por el cual fue extraditado . 

VEA TAMBIÉN: El próximo jueves 31 de marzo vence plazo para la declaración jurada de renta para persona jurídica

Los magistrados señalan que ese es un derecho sustancial que no puede ser ignorado por la jurisdicción electoral  cuando se solicite el levantamiento del fuero electoral penal. 

Por su parte, el abogado Angel Luis Alvarez advirtió que pese a los evidentes y muy aplaudidos errores del pasado, ahora irremediables, pretenden trasladar la culpa a los Magistrados del Tribunal Electoral de los errores ajenos.

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