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Judicial / Corte Suprema de Justicia rechaza otra actuación irregular de la fiscal Zuleyka Moore en el caso Odebrecht

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Caso Odebrecht / Corte Suprema de Justicia / Frank de Lima / Panamá / Zuleyka Moore

Panamá

Corte Suprema de Justicia rechaza otra actuación irregular de la fiscal Zuleyka Moore en el caso Odebrecht

Publicado 2020/12/18 00:00:00
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

Recientemente, el procurador general de la Nación, Eduardo Ulloa, admitió una querella penal contra la exfiscal anticorrupción, Zuleyka Moore.

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Zuleyka Moore, exfiscal Anticorrupción.

Zuleyka Moore, exfiscal Anticorrupción.

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El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó en evidencia nuevamente acciones irregulares de la exfiscal anticorrupción, Zuleyka Moore, al admitir un amparo de garantías constitucionales en el caso Odebrecht.

Moore ordenó la aprehensión de una finca propiedad de la sociedad La Vistada S.A., ubicada en el distrito de San Carlos, cuyo propietario es Frank De Lima Vargas, quien no tiene relación con las investigaciones que se realizaron en este proceso legal.

La exfiscal anticorrupción, violando procedimientos legales y para ordenar la aprehensión de dicho bien, afirmó que el exministro de Economía y Fianzas, Frank de Lima Gercich, canceló compromisos bancarios siendo funcionario por altas sumas de dinero.

Esto provocó que el abogado Roberto Ruíz Díaz, en representación de la sociedad La Vistada S.A., presentara una acción de amparo de garantías por las actuaciones de Moore, el cual fue fallado a su favor por la mayoría de los magistrados de la CSJ.

Esta acción de amparo contó con la aprobación de los magistrados Olmedo Arrocha, José Ayú Prado, Cecilio Cedalise, Hernán De León y Ángela Russo.

Mientras que salvaron su voto los magistrados Maribel Cornejo Batista, Luis Ramón Fábrega, María Eugenia López y Carlos Alberto Vásquez Reyes.

Los magistrados, en sus consideraciones, indicaron que no existen señalamientos o indicios donde se vincule a la sociedad La Vistada S.A. o a Frank de Lima Vargas de algún tipo de actividad ilícita.'

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de septiembre del año 2018, la Fiscalía Anticorrupción ordenó la aprehensión de La Vistada S.A.

2


de julio del año 2019, se detuvo al empresario Freddy Barco Vera por el caso Odebrecht.

Además, indicaron que es evidente la afectación económica dentro de un proceso en el cual La Viscata S.A. ni Frank de Lima Vargas están obligados a responder patrimonialmente, ya que no están vinculados directa ni indirectamente, sin embargo, la fiscal Moore buscaba mantenerlos dentro de este proceso legal.

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Agregaron que dentro de la documentación aportada por el jurista Ruíz Díaz, dentro de esta acción, se dejó establecido de manera clara que de Lima Vargas, es el propietario final de la finca en San Carlos que es propiedad de La Vistada.

"Esta corporación de justicia no desconoce la facultad que tiene el Ministerio Público para aprehender bienes, sin embargo, esta aprehensión debe tener en su motivación elementos que relacionen el bien aprehendido con algún tipo de actividad ilícita", manifestaron los magistrados de la Corte.

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De forma clara, la mayoría del Pleno de la Corte Suprema señaló que el hecho de mantener la aprehensión de un bien, que no ha sido vinculado con los hechos que se investigan en el caso Odebrecht, atenta contra el derecho a la propiedad privada, consagrado en el artículo 47 de la Constitución Nacional.

Estas fueron las principales razones para conceder la acción de amparo de garantías y revocar el auto número 65 S.I. del 9 de octubre de 2019, proferido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, en el sentido de que se levante la aprehensión provisional que pesa sobre la finca La Vistada y que la misma sea devuelta a su dueño.

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Esta nueva acción admitida contra las actuaciones de Moore se suma al fallo del pleno de la Corte Suprema de Justicia del pasado 10 de diciembre de 2019, donde se declaró ilegal la detención del empresario ecuatoriano, Fredy Barco Vera, dentro del caso de la constructora brasileña Odebrecht.

En dicho fallo, los magistrados le indicaron a la exfiscal Zuleyka Moore que sus actuaciones vulneraron el debido proceso, ya que se emitieron fuera del plazo razonable adicional concedido para investigar.

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