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Judicial / Defensa expone las omisiones de tribunal

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Caso New Business / Corte Suprema de Justicia / Luis Eduardo Camacho / Organo Judicial / Panamá / Ricardo Martinelli

Panamá

Defensa expone las omisiones de tribunal

Actualizado 2023/12/11 07:43:21
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Pruebas periciales, documentales y testimoniales que demuestran la inocencia de Ricardo Martinelli no fueron tomadas en cuenta en segunda instancia.

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El equipo legal sostiene que el Tribunal Superior reconoció que la declaración de los testigos protegidos influyó en el fallo de condena. Foto: Archivos

El equipo legal sostiene que el Tribunal Superior reconoció que la declaración de los testigos protegidos influyó en el fallo de condena. Foto: Archivos

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En el recurso de casación presentado por los abogados del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, se sustenta que los magistrados de segunda instancia no solo obviaron la inasistencia de los testigos protegidos durante el juicio, sino que tampoco se valoraron pruebas periciales, documentales y testimoniales que confirman la no culpabilidad del hoy candidato presidencial.

El equipo legal sostiene que el Tribunal Superior reconoció que la declaración de los testigos protegidos influyó en el fallo de condena.

Este hecho contraviene el artículo 2244 del Código Judicial, ya que si una de las partes solicitó repreguntar a los testigos protegidos, la incomparecencia de estos, tendría como efecto inmediato que la declaración rendida en el sumario "no conserve su fuerza probatoria".

Además, se valora un peritaje financiero elaborado por el subcomisionado Eliseo Ábrego, a pesar de que su elaboración y conclusiones se hicieron con base a la documentación recabada por el Ministerio Público y no con base a una investigación directa pericial que nunca existió.

Y es que el uniformado nunca examinó libros o certificación de acciones originales, registros de actas, pagos de dividendos y ni un solo registro contable de Editora Panamá América ni de las sociedades que hicieron su aporte para la compraventa del grupo de medios de comunicación.

Hay que destacar que el informe pericial elaborado por Ábrego no aparece en el USB que le fue entregado a los abogados de Martinelli.

Los abogados reiteraron que en el juicio quedó evidenciado que Martinelli no incurrió en blanqueo de capitales, porque nunca dirigió ni realizó actividades tendientes a encubrir dinero ilícito proveniente de fondos del Estado, porque sus aportes personales son de origen lícito.'

7


artículos del Código Judicial han sido infringidos tras el fallo en segunda instancia.

5


de diciembre fue entregado el recurso de casación por los abogados de Martinelli.

¿Que omitió el Tribunal?

En la resolución se omitió tomar en cuenta las declaraciones de Riccardo Francolini, Valentín Martínez y Moussa Levy.

Francolini acreditó que Martinelli no fue la persona que lo vinculó a la compraventa de Epasa y que todo lo actuado en dicha transacción fue lícito.

Por su parte, Martínez dijo que nunca tuvo relación con la compra y que los cheques girados por la empresa Clients Custody Account, S.A., que él representa fueron ordenados por Henry Mizrachi en cumplimiento de pagos parciales relacionados con un contrato de compraventa.

En cuanto a Levy, su declaración no fue valorada, a pesar de que fue el creador y dueño de la empresa New Business.

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Declaró que la sociedad no fue creada para comprar Epasa, sino que tenía finalidades comerciales diversas.

Comisionó a Henry Mizrachi, yerno de su hija, para que buscara los inversionistas, no a Martinelli.

Tampoco se tomó en cuenta la declaración del perito Aníbal Guerrero Urriola, quien señaló que Ricardo Martinelli pagó a empresa Clio, $1.2 millones de fondos propios y que no existía constancia ni libros de acciones de Epasa, ya que los mismos no habían sido entregados.

El Tribunal Superior tampoco valoró certificaciones de acciones o residentes de sociedades, que demuestran que Martinelli no las compró.

Por ejemplo, el certificado de acción de Meadows Investments, a nombre de Henri Mizrachi, acreditándolo como su dueño y que no fue vendida a Martinelli, pues no consta que haya existido endoso y tradición por compraventa o posesión del título accionario.

La empresa fue disuelta el 31 de octubre de 2014, por lo que no podía ser titular de acciones ni derechos.

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