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Judicial / Interponen denuncia penal contra magistrado Manuel Mata Avendaño

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Caso New Business / Corte Suprema de Justicia / Epasa / Organo Judicial / Ricardo Martinelli

Panamá

Interponen denuncia penal contra magistrado Manuel Mata Avendaño

Actualizado 2023/12/11 07:34:41
  • Redacción
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  •   /  
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El hecho punible consiste en la violación al artículo 366 del Código Penal.

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Presentan querella penal contra el magistrado del Tribunal Superior de Apelaciones, Manuel Mata Avendaño. Foto: Archivos

Presentan querella penal contra el magistrado del Tribunal Superior de Apelaciones, Manuel Mata Avendaño. Foto: Archivos

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Una querella penal contra el magistrado del Tribunal Superior de Apelaciones, Manuel Mata Avendaño y los que resulten responsables por el delito contra la fe pública y el de asociación ilícita para delinquir en perjuicio del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, interpuso el abogado Alejandro Pérez.

El hecho punible consiste en la violación al artículo 366 del Código Penal al alterar parcialmente un documento público (constancias judiciales) entregando una supuesta copia digital del expediente penal de New Business para que el mismo sirva de base para sustanciar un recurso de casación, atribuyéndole falsamente al dispositivo digital (USB) la veracidad, integridad y mismidad que no tiene, que a pesar de su apariencia en derecho, al ser confrontado con el expediente original por el notario público primero Jorge Eliézer Gantes, por 10 abogados idóneos y por el Licenciado Alfredo Vallarino Alemán, de la defensa de Ricardo Martinelli Berrocal, no coinciden ni en foliación ni en contenido, que al ser copia digital auténtica entregada por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales se refuta veraz y con apariencia de derecho, pero que al ser confrontada con el expediente original, dicha copia digital fue probada que altera parcialmente el contenido de esta constancia procesal original, cual es el expediente penal número 25332-21 del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales y que se identifica en el Tribunal Superior de Causas Penales con el número 87918-23, del denominado caso New Business (EPASA).

En la denuncia el abogado Alejandro Pérez expone que el pasado 24 de octubre de 2023, mediante AUTO Nº 43 confirmatorio de sentencia condenatoria, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Primer Distrito Judicial de Panamá decidió, entre otras cosas, entregar a la defensa de Ricardo Martinelli Berrocal para su revisión, previo a la sustentación de recurso de casación contra la sentencia condenatoria Nª 02 emitida por la jueza Baloísa Marquínez el pasado 17 de julio de 2023, el expediente digital en dispositivo USB del expediente del llamado caso New Business (EPASA).

Explica que si bien la práctica procesal tribunalicia es muy clara y no presenta dudas con respecto a la obligación del juzgador de entregar el expediente original para su revisión y preparar el recurso de casación penal con las piezas procesales insertas en el original del expediente, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales decidió un camino procesal distinto a lo que se exige procesalmente, argumentando excusas baladíes y ajenas al texto de la Ley procesal.

Destaca que efectivamente, los magistrados entregaron a la defensa de Ricardo Martinelli Berrocal el mencionado dispositivo USB del expediente New Business (EPASA), sin embargo, el camino procesal correcto era apegarse a lo que histórica y consuetudinariamente se ha hecho por años: entregar el expediente original y darle a cada uno de los defensores los 15 días hábiles para estudiar el expediente y poder sustentar la casación penal anunciada. "Empero, los magistrados del Tribunal Superior de Liquidador de Causas Penales con ese afán de seguir vulnerando los derechos constitucionales y legales de Ricardo Martielli Berrocal y provocar ilegítimamente su inhabilitación electoral en su carrera por las elecciones presidenciales de mayo de 2024, escogieron el camino político y no el de hacerle justicia, efectiva e imparcial".

Agrega que se considera jurisprudencialmente y en el texto de Ley, que una copia autenticada, ya sea física o digital, extraídas de las constancias judiciales de un expediente, son parte del expediente, y como consecuencia jurídica de ello, se refutan ciertas y tienen el carácter de documento público, al tenor del artículo 834, numeral 3, del Código Judicial de Panamá.

Esta excerta legal dice textualmente: "Art.834. Documento público es el otorgado por los funcionarios que ejercen un cargo por autoridad pública, en lo que se refiere al ejercicio de sus funciones.

En la sustentación, el jurista recuerda que al hacer los abogados de Ricardo Martinelli Berrocal en presencia del notario público Jorge Eliézer Gantes y de otros testigos mayormente abogados, en el mismo Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, una comparación entre el mencionado dispositivo USB supuestamente del expediente de marras y el expediente original que reposa allí, se pudo constatar que el dispositivo digital difiere en foliación, altera el contenido del expediente y falsea fojas del expediente original.

"Esto está probado y a tal efecto el notario público primero Jorge Eliézer Gantes levantó la diligencia notarial el día 17 de noviembre de 2023 en el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales in situ en el edificio de la Corte Suprema de Justicia de Panamá en donde hace constar las alteraciones al expediente original, incluso adicionando un vídeo en un USB de la diligencia notarial; que es el hecho punible querellado".

 

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