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Juez contradijo su fallo; ahora enfrenta nulidad en New Business

Marquínez emitió un fallo, confirmado por la Corte, que establece que Marinelli estaba amparado por la especialidad entre junio de 2018 y febrero de 2020

Redacción | nacion.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Juez contradijo su fallo; ahora enfrenta nulidad en New Business

La juez segunda liquidadora, Baloisa Marquínez, debe enfrentar un duro revés dentro del caso New Business, luego que se presentara en su contra un nuevo incidente de nulidad constitucional por haber validado múltiples diligencias de investigación que se ejercieron de manera ilegal e ilícitamente, y que violan el debido proceso seguido contra el expresidente Ricardo Martinelli Berrocal.

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El incidente fue presentado el pasado 5 de junio por el abogado Cordobez Jean Pierre Miranda y establece que Marquínez dio validez a una serie de diligencias de investigación contra Martinelli por parte del Ministerio Público, específicamente entre el 11 de junio de 2018 y el 17 de febrero de 2020, contradiciendo su propio Auto Vario N. 58 de 9 de marzo de 2021 donde la juez reconoció que para ese periodo el expresidente contaba con el amparo del principio de especialidad.

Se trata de un principio reconocido en el tratado firmado entre Panamá y Estados Unidos en 1904 que establece que ninguna persona extraditada bajo este tratado puede ser investigada y procesada judicialmente por una causa distinta a la que provocó su entrega.

Marquínez contravino su propio fallo donde reconoció que Martinelli si tuvo el principio de especialidad hasta febrero de 2020, y permitió que en el juicio del caso New Business se presentaran pruebas basadas en diligencias ilegales realizadas durante ese periodo vedado. Para la defensa legal de Martinelli, el expresidente sigue manteniendo la especialidad bajo el tratado con Estados Unidos.

Pero según el fallo de Marquínez de marzo de 2021, confirmado mediante el Auto de segunda instancia N.78 de 19 de julio de 2021 del Segundo Tribunal de Justicia, y por la resolución de 28 de abril de 2022, con la ponencia de la magistrada de la Corte, María Cristina Chen Stanziola; Martinelli estaba amparado por el principio de especialidad hasta febrero de 2020 y no podía ser investigado judicialmente.

De acuerdo con el abogado Jean Pierre Miranda, esto es prueba contundente de que la fiscalía especializada en delincuencia organizada, a cargo de Emeldo Márquez, adelantó la investigación contra el expresidente Martinelli a pesar que la solicitud de excepción al principio de especialidad no fue debidamente diligenciada y que la propia juez del caso New Business admitió en un Auto que la medida se encontraba vigente hasta abril de 2020.

En el fallo 58 de marzo de 2021, Marquínez reconoció derechos aplicables a Martinelli que ahora intenta des conocer, entre ellos que el ex presidente, según su punto de vista, estaba amparado con el principio de especialidad.

En este documento ratificado por la Corte, Marquínez reconoce que en el folio 71,189 a 72,244 del Dossier penal, el Ministerio Público solicitó a través de la Fiscalía Superior de Asuntos Internacionales, llevar a cabo una solicitud de excepción a la regla de especialidad dentro del proceso de extradición del señor Ricardo Martinelli, "para lo cual este Tribunal constituye una actuación tendiente a reconocer que efectivamente el mismo se encontraba amparado bajo esta garantía, por lo que era necesario la autorización y consentimiento del Estado Extranjero para procesarlo por los delitos distintos a los estipulados al momento de su entrega".

Marquínez también estableció, según ella, que Martinelli "salió en distintas ocasiones del país, siendo la primera de ellas para la fecha del 12 de octubre de 2019, con destino a la República Dominicana, observándose como última salida el día 17 de febrero de 2020 a los Estados Unidos Mexicanos, destacándose que en sus reiteradas salidas del territorio nacional, retornó a él de manera voluntaria, entendiéndose este acto como una renuncia al principio de especialidad y su intención de someterse a la justicia panameña".

"Lo anterior permite inferir a todas luces que el señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal ha perdido el principio de especialidad que le amparaba", estableció Marquínez en su fallo que reconoce que la garantía estaba vigente para ella hasta febrero de 2020.

Jean Pierre Miranda destacó que el fallo de Marquínez, ratificado por un tribunal superior y luego por la Corte, demuestra que las pruebas recabadas dentro del proceso seguido a Martinelli desde el 11 de junio de 2018 al día 17 de febrero de 2020 no tienen valor probatorio alguno al haberse obtenido cuando no era posible realizar actos investigativos en su contra, máxime cuando fue la juez de la causa la que no le reconoció de forma explícita en la resolución comentada.

El abogado enumeró 90 actuaciones procesales e investigativas que deben ser declaradas nulas, entre ellas las declaraciones de Danny Cohen y Ricardo Francolini, una certificación presentada por Ricardo Chanis, información bancaria de Finance Global LTD, la prórroga del plazo investigativo en causa de tramitación compleja, el informe de actuación financiero realizado por Eliseo Ábrego (base de la teoría del fiscal Márquez.

Es decir, todo lo que contiene el expediente entre el folio 56,538 hasta el folio 73,839 debe ser declarado nulo por ilegal y porque se ejercieron ilícitamente, según el incidente de Jean Pierre Miranda.

También advirtió que este recurso de incidencia de nulidad contra el caso New Business no puede ser rechazado de plano, bajo el pretexto que se refiere a puntos ya resueltos, a pesar de fundamentarse con motivos distintos.

"La juez, de conocimiento, realizó una serie de manifestaciones de derecho que ampara a nuestro representado y que no puede ser ignoradas, toda vez que de ello depende el efectivo ejercicio de su derecho de defensa y de una tutela judicial efectivo ejercicio de su derecho de defensa y de una tutela judicial efectiva, en el marco de un verdadero debido proceso", recalcó Jean Pierre Miranda.

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