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'Ley es clara: Ricardo Martinelli debe quedar libre'

El abogado Valentín Jaén refutó los argumentos del vocero de los querellantes; advirtió que la ley no admite interpretación, y RM debe quedar libre.

Adiel Bonilla - Actualizado:

El expresidente Ricardo Martinelli debe ser puesto en libertad el próximo 11 de junio.

Ante la claridad de lo establecido en el artículo 12 del Código Procesal Penal, no hay cabida para "debates pasionales e interpretaciones antojadizas"; por el contrario, y en apego a la ley, el expresidente Ricardo Martinelli debe ser puesto en libertad el próximo 11 de junio, fecha en que se cumple un año de su detención preventiva en Panamá.

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Así lo explicó ayer el jurista Valentín Jaén, quien rechazó por infundadas las declaraciones del vocero de los querellantes en el caso por supuestos pinchazos, el abogado Carlos Herrera Morán, quien ya ha manifestado que desconocen el derecho de libertad que le asiste a Martinelli, e incluso anunciaron que plantarán "la madre de todas las guerras jurídicas" para evitar que se suspenda la medida de detención preventiva.

"Me siento abochornado [con las declaraciones del vocero de los querellantes]. Como abogado uno debe pensar como abogado y actuar como abogado", reaccionó Jaén.

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Y reiteró que el artículo 12 del Código Procesal Penal de la República de Panamá, que habla de las afectaciones de las garantías fundamentales, es claro al indicar que transcurrido el año de la investigación y ejecución de análisis, y sin que la persona procesada haya sido sancionada (como es el caso de Martinelli), inmediatamente el investigado debe ser puesto en libertad.

"Aquí no se trata de un tema de orden pasional. Tampoco de un tema de orden emocional que se pueda abordar a espaldas de la realidad judicial. Aquí de lo que estamos hablando es de la norma, que en este caso es clara y no admite mayor interpretación", dijo el abogado Valentín Jaén, en declaraciones a Panamá América.

Dicha norma establece taxativamente que: "La detención provisional está sometida a un límite temporal razonable para evitar que se convierta en una pena anticipada. La detención provisional no puede exceder de un año".

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Y en el caso del expresidente Ricardo Martinelli (detenido provisionalmente en El Renacer), ese plazo se cumple en escasos 14 días, el próximo 11 de junio de 2019.

Pero, desde ya la parte acusadora se resiste a aceptar los tiempos establecidos en la ley, y ahora argumenta que el Tribunal de Juicio supuestamente no tiene competencia para atender la revisión de medidas cautelares y piden que pase a un Tribunal de Apelaciones.

Al respecto, el abogado Valentín Jaén reaccionó así: "No comparto ese criterio jurídico que está al margen de lo que señala la ley. Yo pienso que el Tribunal de Juicio perfectamente puede definir ese tema, pues es un asunto de plazos procesales y de términos".

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Y en el caso del exmandatario Martinelli, el abogado Jaén advirtió que "no puede pasar un día más en detención preventiva [después del 11 de junio], porque se estaría yendo de forma contraria a la ley".

Pero, el vocero de los querellantes, Carlos Herrara Morán, también ha salido en estos días a manifestar que para ellos Martinelli representa peligro de fuga y peligro de que, en libertad, entable algún contacto con "testigos importantes" que todavía no se han presentado al juicio.

De manera categórica, Valentín Jaén refutó los argumentos de estos supuestos peligros. "Eso es meramente especulativo, y existen diversos tipos de arraigo que garantizan que Martinelli seguirá atendiendo el proceso", dijo.

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Jaén concluyó reiterando que "el juez de la causa pudiera hacerle a Martinelli un control sobre la base de que se presente periódicamente, con impedimento de salida del país, pero con libertad para desplazarse en todo el país".

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