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Los tres jueces designados para juicio oral contra expresidente Ricardo Martinelli podrán actuar sin impedimento

el Tribunal de apelaciones fundamentó su decisión de negar las recusaciones, en los artículos 17, 32 y 210 de la Constitución Política de Panamá que se refieren a la independencia de los jueces, y en los artículos 1, 2, 4, 6, 50, 55, 57 y 59 del Código Procesal Penal.

Redacción - Actualizado:

El inicio del juicio oral contra el expresidente Ricardo Martinelli está programado que inicie el 12 de marzo próximo.

Los tres jueces asignados para el juicio oral contra el expresidente Ricardo Martinelli podrán actual sin impedimento alguno en esta audiencia que se tiene programada que inicie el próximo 12 de marzo.
La decisión se da luego que el Tribunal de apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá negó las tres recusaciones interpuestas contra los jueces Roberto Tejeira, Raul Vergara y Arlene Caballero, quienes fueron escogidos para actuar en este proceso que se le sigue al exmandatario.
Tras el fallo se indica que los tres jueces puede continuar con el conocimiento de la causa penal de los supuestos  pinchazos.

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Cabe destacar que el pasado  jueves 14 de febrero, Nicomedes Castillo y Johann Jaramillo, abogados de víctimas y los querellantes Juan Carlos Navarro y Rubén Polanco, respectivamente, recusaron a los tres jueces que fueron seleccionados para conformar el Tribunal de Juicio Oral dentro de la causa que se le sigue al expresidente Martinelli en el caso de los supuestos pinchazos.
Según los abogados y querellantes, sus recusaciones se basaron en el artículo 50 y 55 del Capítulo III del Código Procesal Penal, que establece que los jueces podrán apartarse del conocimiento de la causa o ser recusados por las partes cuando existan conflictos de intereses que afectan su imparcialidad.
No obstante, el Tribunal de apelaciones fundamentó su decisión de negar las recusaciones, en los artículos 17, 32 y 210 de la Constitución Política de Panamá que se refieren a la independencia de los jueces, y en los artículos 1, 2, 4, 6, 50, 55, 57 y 59 del Código Procesal Penal que habla de los tribunales previamente instituidos de conformidad con la Constitución, la ley y según las competencias asignadas a cada uno.

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Para el próximo 12 de marzo a las 9:00 a.m, se tiene previsto el inicio del juicio oral contra el expresidente Ricardo Martinelli. El acto se desarrollará en la sede del SPA en Plaza Ágora.

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