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Judicial / Principio que se le desconoce a Ricardo Martinelli, se le respetó a ucraniano

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Justicia / Principio de Especialidad / Ricardo Martinelli

Justicia

Principio que se le desconoce a Ricardo Martinelli, se le respetó a ucraniano

Publicado 2024/12/02 00:00:00
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • PanamaAmerica

En 2017, Panamá extraditó a Vladyslav Kaskiv, respetando el Principio de Especialidad, que prohíbe juicios por delitos distintos al extraditado.

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Ricardo Martinelli, expresidente de la República.

Ricardo Martinelli, expresidente de la República.

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A finales de octubre de 2017, Panamá extraditó a Ucrania al exdirector de la Agencia Estatal de Inversiones de Ucrania, Vladyslav Kaskiv, quien era buscado por malversación de fondos, pero advirtió la existencia del Principio de Especialidad que se le respetó al exfuncionario que actualmente es diputado del Consejo Regional de Transcarpatia por el partido Plataforma de Oposición - Por la Vida.

El Consejo de Seguridad Nacional de Panamá capturó a Kaskiv el 7 de septiembre de 2016 en Farallón.

La defensa legal de Kaskiv en Panamá estuvo a cargo de la firma Tejada Abogados del que forman parte el exdefensor del Pueblo, Juan Antonio Tejada, el exprocurador Eduardo Ulloa y Guido Rodríguez Lugari.

Tras su extradición, Kaskiv ganó en los tribunales de Ucrania y fue absuelto de los cargos que se le imputaban. Pero en 2018, la Cancillería panameña fue proactiva cuando se enteró de que Ucrania intentaba juzgar a Kaskiv por otros delitos diferentes a los que fue extraditado, advirtiéndole al gobierno ucraniano que se abstuviera de insistir en abrirle nuevas causas a esta persona que estaba cubierto por el "irrevocable" principio de especialidad incluido en el tratado de extradición que firmaron ambas naciones en 2003 y que se convirtió en la ley No 22 del 7 julio 2004.

Esa Ley -en su artículo 15- copia el mismo concepto del "Principio de Especialidad" que contempla el Tratado de Extradición pactado por EEUU y Panamá, en 1904 y que se le ha desconocido al exmandatario Ricardo Martinelli.

El referido artículo del tratado con Ucrania establece que la "persona entregada no podrá ser detenida, encarcelada, ni juzgada por la parte requirente, por un delito distinto del que hubiera motivado la extradición".

Martinelli fue extraditado por EEUU a Panamá para enfrentar el proceso pinchazos del cual fue absuelto en dos ocasiones y aunque la propia Corte Suprema de Justicia reconoció que estaba cubierto por el Principio de Especialidad, se le ha juzgado y abierto procesos por hechos que se alegan fueron cometidos con anterioridad a su extradición,

En tanto, el abogado Carlos Carrillo, quien presentó una demanda de inconstitucionalidad donde se advierte la violación del Principio de Especialidad, señaló que los tiempos judiciales vuelven a utilizarse de manera conveniente cuando se trata expresidente Ricardo Martinelli, dejando en evidencia que la justicia no es igual para todos.

Carrillo señaló que cuando es una acción para perjudicarlo se actúa rápidamente, pero cuando el panorama marcha a su favor hay demoras o dilataciones.

A más de tres meses de presentada una acción de inconstitucionalidad contra la sentencia condenatoria por el caso New Business, la cual tiene como ponente a la magistrada María Eugenia López, el pleno de la Corte Suprema aún no se ha reunido para discutir su admisibilidad o no.

Para Carrillo es fundamental que se discuta esta acción contra la sentencia condenatoria para que luego el pleno se declare en sesión permanente, tal y como ocurrió con el caso de la mina y la candidatura del presidente José Raúl Mulino.

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Por otro lado, para Carrillo es vergonzoso que hasta juristas internacionales expongan su incredulidad con respecto a las razones que derivaron en las violaciones al principio de especialidad.

La semana pasada, el prestigioso abogado colombiano Abelardo De La Espriella advirtió que las interpretaciones efectuadas por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales del de Panamá y el Segundo Tribunal Superior de Justicia violaron de forma grosera los artículos 4 y 32 de la Constitución.

También aclaró que ninguna de estas instancias eran competentes para declarar la excepción al principio de especialidad que ampara a Martinelli.

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