Violencia psicológica contra los hombres también será castigada; penas van de 5 a 8 años de cárcel
La normativa anterior solo incluía a las mujeres, ahora también ampara a los hombres o menores de edad.
El diputado Camacho recordó que el género masculino también es violentado. Foto: Gemini
El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 517 de 15 de abril de 2026 "Que modifica un artículo del Código Penal”, el cual castiga la violencia psicológica, con penas de prisión de 5 a 8 años, amparando a mujeres, hombres o menores de edad.
La normativa anterior solo aplicaba sanciones contra quienes incurrieran en este tipo de violaciones cuando la víctima era una mujer.
Con el cambio aprobado, el artículo 138-A del Código Penal queda así: "Quien incurra en violencia psicológica mediante el uso de amenazas, intimidación, chantaje, persecución o acoso en contra de una persona menor o mayor de edad o la obligue a hacer o dejar de hacer, tolerar explotación, amenazas, exigencias de obediencia o sumisión, humillaciones o vejaciones, aislamiento o cualesquiera otras conductas semejantes será sancionado con prisión de cinco a ocho años".
Además se establece que si las conductas descritas en- el párrafo anterior producen daño psíquico, la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad del máximo de la pena (12 años).
La norma fue propuesta e impulsada por el diputado Luis Eduardo Camacho, en aras de incluir a los hombres, quienes muchas veces también son afectados por discriminación, aunque en menor escala, sobre todo en el área de la violencia.
De acuerdo con Camacho, al formar parte de un país, en el cual aún se mantiene muy arraigada la cultura patriarcal y machista, el género masculino, cuando sufre de discriminación o violencia, calla por no atravesar por el camino de la vergüenza.
Camacho aboga para que se trabaje, de manera inclusiva, en estos aspectos, debido a que en los tiempos actuales, la violencia ya no es un tema de naturaleza, porque tanto hombres, mujeres y niños son víctimas.
“Hay que trabajar en que el género masculino, que también es violentado, entienda que accionar en contra de su agresor no le quita hombría ni lo hace ser menos hombre en la sociedad”, expuso.
También recalcó que esta ley fortalece la capacidad del ejercicio de la acción penal de las autoridades del Ministerio Público y le permite al Órgano Judicial recoger estos procesos, indistintamente del sexo y grupo de edad de las víctimas.