Asamblea restablece los días puente
Publicado 2001/12/07 00:00:00
- Rusia
El Gobierno podrá decretar como días puente los feriados o de duelo nacional que considere convenientes, luego que el pleno de la Asamblea Legislativa aprobara ayer en tercer debate el proyecto de ley que modifica el artículo 46 del Código de Trabajo.
Según el legislador proponente de la ley, Arturo Araúz, el descanso obligatorio que decrete el Ejecutivo como días puente, se producirá cuando coincida la fecha nacional con el día martes o miércoles y se transferirá al lunes anterior. También cuando coincidan con el día jueves o viernes, dicho descanso obligatorio se transferirá al lunes siguiente. Cuando el día de fiesta o duelo nacional coincida con un lunes, el descanso se disfrutará ese mismo día.
Según el legislador proponente de la ley, Arturo Araúz, el descanso obligatorio que decrete el Ejecutivo como días puente, se producirá cuando coincida la fecha nacional con el día martes o miércoles y se transferirá al lunes anterior. También cuando coincidan con el día jueves o viernes, dicho descanso obligatorio se transferirá al lunes siguiente. Cuando el día de fiesta o duelo nacional coincida con un lunes, el descanso se disfrutará ese mismo día.

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