UP aumentó costo por fiscalizar estudios de universidades privadas
Publicado 2002/06/03 23:00:00
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La Universidad de Panamá (UP) aumentó las tarifas por los servicios de fiscalización, evaluación y reconocimiento de los planes de estudio de las carreras ofrecidas por universidades privadas.
Aunque el incremento se aplica de acuerdo al lugar donde está ubicada la sede de la universidad privada que solicita la revisión de los planes académicos, en algunos casos significa hasta 800% más de la tarifa anterior. La Resolución No. 12-02/SGP del Consejo Administrativo de la Universidad de Panamá, publicado en la Gaceta Oficial de ayer, explica que una comisión designada por la Vicerrectoría Académica revisó y actualizó las tarifas por la fiscalización y reconocimiento de los planes de estudio, ajustándolas a los "gastos reales" que representa la prestación de este servicio.
De acuerdo a la nueva tabla tarifaria, por evaluar y reconocer los planes de estudio de una carrera técnica o de un diplomado de una universidad privada con sede en la capital del país, la Universidad cobrará B/. 4,200. Anteriormente el costo por este mismo servicio era B/. 250, más otros B/. 50 si la carrera técnica tenía un énfasis.
Mientras que por reconocer los programas académicos de una carrera de licenciatura o profesorado en la provincia de Panamá, la universidad estatal cobrará B/. 4,400. La tarifa anterior era B/. 500, más B/. 75, si la licenciatura tenía énfasis.
Si la carrera que se somete a evaluación se ofrece en más de una sede, se aplicará el siguiente procedimiento para calcular el monto a pagar, se desprende de la referida resolución.
El Decreto Ley 16 del 11 de julio de 1963 establece que el Ministerio de Educación que es la entidad encargada de autorizar y reconocer los grados y títulos de las universidades particulares, sólo después que se determine que sus programas de estudio mínimos se ciñen, por lo menos, a los de las diversas carreras profesionales que se establezcan en la Universidad de Panamá.
El artículo 95 de la Constitución establece que la Universidad de Panamá es la entidad que debe fiscalizar y evaluar a las universidades privadas. El Ministerio de Educación considera que la Universidad de Panamá debe remitirle los resultados de su evaluación, para acreditarlo, reconocerlo y registrarlo. No obstante, la Universidad de Panamá emite una resolución reconociendo los planes de las carreras, lo cual es objetado por el Ministerio de Educación.
Aunque el incremento se aplica de acuerdo al lugar donde está ubicada la sede de la universidad privada que solicita la revisión de los planes académicos, en algunos casos significa hasta 800% más de la tarifa anterior. La Resolución No. 12-02/SGP del Consejo Administrativo de la Universidad de Panamá, publicado en la Gaceta Oficial de ayer, explica que una comisión designada por la Vicerrectoría Académica revisó y actualizó las tarifas por la fiscalización y reconocimiento de los planes de estudio, ajustándolas a los "gastos reales" que representa la prestación de este servicio.
De acuerdo a la nueva tabla tarifaria, por evaluar y reconocer los planes de estudio de una carrera técnica o de un diplomado de una universidad privada con sede en la capital del país, la Universidad cobrará B/. 4,200. Anteriormente el costo por este mismo servicio era B/. 250, más otros B/. 50 si la carrera técnica tenía un énfasis.
Mientras que por reconocer los programas académicos de una carrera de licenciatura o profesorado en la provincia de Panamá, la universidad estatal cobrará B/. 4,400. La tarifa anterior era B/. 500, más B/. 75, si la licenciatura tenía énfasis.
Si la carrera que se somete a evaluación se ofrece en más de una sede, se aplicará el siguiente procedimiento para calcular el monto a pagar, se desprende de la referida resolución.
El Decreto Ley 16 del 11 de julio de 1963 establece que el Ministerio de Educación que es la entidad encargada de autorizar y reconocer los grados y títulos de las universidades particulares, sólo después que se determine que sus programas de estudio mínimos se ciñen, por lo menos, a los de las diversas carreras profesionales que se establezcan en la Universidad de Panamá.
El artículo 95 de la Constitución establece que la Universidad de Panamá es la entidad que debe fiscalizar y evaluar a las universidades privadas. El Ministerio de Educación considera que la Universidad de Panamá debe remitirle los resultados de su evaluación, para acreditarlo, reconocerlo y registrarlo. No obstante, la Universidad de Panamá emite una resolución reconociendo los planes de las carreras, lo cual es objetado por el Ministerio de Educación.

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