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Nación / Empresas pretenden evadir pago del CAIR

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Empresas pretenden evadir pago del CAIR

Publicado 2005/12/08 00:00:00
  • Argentina/
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A partir de enero próximo se aplica la Ley 6, con la cual se implementa un Programa de Equidad Fiscal.

LA Dirección General de Ingresos detectó que algunas empresas están corrigiendo sus declaraciones de rentas para que no se les aplique el Cálculo Alternativo del Impuesto sobre la Renta, mejor conocido como CAIR.
Según la jefa de la Dirección General de Ingresos, Gisela A. de Porras, esto se produce a pocos días que entre en vigencia el proceso de disciplina fiscal, con la puesta en vigencia a partir de enero próximo de parte de la Ley 6, con la cual se implementa un Programa de Equidad Fiscal.
Las declaraciones de Porras se dieron ayer, tras dictar una charla a funcionarios de la Asamblea Nacional sobre este tema.
El encuentro se realizó con el propósito de dar a conocer los alcances y las modificaciones que introdujo la ley que implementa un programa de Equidad Fiscal y los detalles de su reglamentación.
Porras indicó que en los últimos dos meses se ha detectado que el cuatro por ciento de las empresas, si se hubiera mantenido la ley fiscal como estaba, estuvieran pagando el Cálculo Alternativo Sobre el Impuesto Sobre la Renta (CAIR); pero ahora están corrigiendo sus declaraciones de rentas para no aplicar el CAIR.
Esto dijo Porras, indica que las empresas están entendiendo que ciertos gastos que probablemente estaban dándose en las mismas, tal vez personales, no deben ser parte de las deducciones económicas.
Con la Ley 6 las empresas que tengan una facturación de hasta 150 mil balboas al año no se le aplicará el CAIR, y si algunas empresas demuestran que están teniendo pérdidas pueden solicitar a la DGI que no se le aplique el CAIR. Tras un análisis la entidad decidirá si es factible o no su aplicación.
Los empresarios señalan que el primer efecto de la Ley 6 a fin de año, será la tasa anual que cada una de estas sociedades anónimas paga, ya que sufrirá una disminución porque hay menos empresas y por ende menos tasas que recaudar. El segundo se sentirá en el aspecto laboral, por las fusiones.
No obstante, en una reciente intervención de la Directora de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Gisela de Porras, había descartado que el CAIR afecte hasta el 60 % del pago de impuestos a las empresas, cuando los decretos de reglamentación estipulan una tasa efectiva del pago que no sobrepase el 30% en el caso de las personas jurídicas y 27% las personas naturales. De pagar más que el método tradicional, automáticamente tienen el derecho a solicitar la no aplicación.
Cabe mencionar que el MEF desde hace un año realiza un análisis de grupos de empresas por un mismo negocio.
Dentro de los requisitos que requiere un empresario para calificar en la no aplicación del impuesto están: haber terminado el año fiscal, presentar su estado financiero no auditado, el cual refleje el panorama del ejercicio durante el año, tendrá que presentar un formulario donde especifique los pagos en salarios, gastos y otros detalles para evitar entrar en una auditoría.
En 1993 se creó la tasa única de impuesto sobre la renta de personas jurídicas, que antes era escalonada y las personas tenían diferentes empresas. Cuando se pasó la tasa única en concepto de persona jurídica, las empresas comenzaron a fusionarse.
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