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Nación / Instituciones del Estado obligadas a dar información

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Instituciones del Estado obligadas a dar información

Publicado 2001/12/04 00:00:00
  • Santiago

El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó ayer en segundo debate el proyecto de ley sobre el Derecho a la Libertad de Información derivado de las Fuentes Públicas y la acción de Hábeas Data.
Esta propuesta, entre otros aspectos, dispondría que las declaraciones de renta de los funcionarios o empresas que reciben donaciones del Estado sean abiertas para que cualquier ciudadano pueda ver cómo se manejan esos recursos.
La iniciativa fue aprobada en ausencia de la mayoría de los legisladores de la bancada del opositor Partido Revolucionario Democrático (PRD) quienes se encontraban en una reunión fuera del Palacio Legislativo y no se le incluyeron mayores reformas a las establecidas en primer debate por la Comisión de Gobierno.
Mediante este proyecto de ley se dispone que las instituciones del Estado están obligadas a brindar a cualquier persona información sobre el funcionamiento y las actividades que desarrollan, salvo aquéllas que se consideran de carácter confidencial.
Según la propuesta en discusión, se considera material de "acceso restringido", las memorias de negociaciones diplomáticas internacionales, los expedientes y archivos de la Dirección de Investigación e Información Policial (DIIP), los archivos del Consejo Nacional de Seguridad, los registros del Servicio de Protección Institucional (SIP), así como las actas y notas del Consejo de Gabinete, el presidente y los vicepresidentes de la República.
El proyecto de ley establece entre otras excepciones la información de seguridad nacional, secretos comerciales obtenidos por el Estado producto de la regulación de actividades económicas, asuntos relacionados con la privacidad individual (incluidos archivos médicos).
También se incluyen como excepciones lo relacionado a los procesos judiciales hasta que no queden ejecutoriados, los yacimientos minerales, los asuntos que se relacionan con investigaciones de la Fuerza Pública, la Policía Técnica Judicial, el Ministerio Público, Aduanas, el Ente Regulador de los Servicios Públicos y la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC).
El resto de la información que no se establece en las excepciones o informaciones restringidas son de conocimiento público y por lo tanto la institución pública debe hacerla de conocimiento de cualquier periodista o ciudadano que la solicite por los canales adecuados.
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