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Ley penal de menores merece una oportunidad

Italia/ - Publicado:
Las disposiciones que otorgan responsabilidades penales a los menores infractores no deben ser vistos como una patente para que los adolescentes infrinjan la ley.

Tampoco se crean para favorecerlos a ellos, sino a las posibles víctimas de sus actos, consideró el asesor externo de la dirección de Derechos Humanos y Cooperación con la Justicia del Gobierno Vasco de España, Xabier Etxebarría.

El especialista vasco, con amplia experiencia en el tema de los menores infractores, que ha sido nutrida con la aplicación en España de una ley penal para adolescentes, expuso que existen garantías para lograr la reinserción social de un joven que ha cometido delitos graves.

"Nunca se puede abordar un tema como este desde una generalidad, porque cada caso es particular y entran en juego elementos diferentes, pero los logros siempre se van a ver en diferentes medidas, una vez se apliquen los mecanismos correctos", agregó.

Etxebarría, que durante su visita a Panamá tuvo la oportunidad de visitar el centro de cumplimiento de penas para menores, ubicado en Tocumen, reconoció que durante su observancia notó una evidente falta de recursos en el sistema panameño que atiende el tema.

No obstante, calificó de satisfactorio el trabajo realizado en esas instalaciones y las disposiciones que muestran los jóvenes que allí reciben tratamiento.

"Notamos a los chavales (jóvenes) muy contentos y con una actitud de aceptación de las faltas cometidas y la intención de lograr un cambio una vez salgan de esos lugares", comentó.

Consideró fundamental dotar a la Ley No.

40 de los recursos que permitan su ejecución, porque no hacerlo sería darle a los detractores de la norma los argumentos para que la condenen o consideren insuficiente.

"Aún conociendo poco la ley panameña percibo que es importante que en diciembre se implementen bien los órganos judiciales, que se dé una buena capacitación del personal, porque eso es fundamental.

Ellos deben tener una actitud positiva y creer en lo que están haciendo", evaluó el español.

Xabier Etxebarría, quien durante su participación en el seminario internacional sobre regímenes de responsabilidad penal para menores realizado la semana pasada en Panamá habló sobre la experiencia de su país, indicó que la legislación, que entró en ejecución el 15 de enero de 2001, es un nuevo modelo que promueve una justicia responsable para los menores.

Manifestó que anterior a ello un menor no tenía el derecho a defenderse en un proceso que era desarrollado en su contra.

"Renunciamos a que la sanción fuera un escarmiento, pero garantizamos el derecho al bien público, incluyendo el del menor infractor y su víctima", argumentó durante la entrevista.

La fiscal española Carmen Cotelo López fue otra de las expositoras del pasado seminario realizado en Panamá por la UNICEF en coordinación con la Corte Suprema de Justicia, donde expuso sobre el papel del fiscal en los nuevos sistemas de responsabilidad penal para adolescentes.

Según Cotelo López, la figura que ejerce (también contenida en la Ley 40 panameña) actúa conforme lo dictamine la ley.

"Y ésta le confiere la defensa del menor", comentó a El Panamá América al agregar que la nueva disposición española fundamenta su premisa en el principio del menor a ser informado de todo el proceso que se realice en su contra.

La abogada manifestó que en esta esfera al fiscal le compete instruir durante el proceso y averiguar la verdad material de los hechos.

Pero también permite al funcionario abrir la puerta a reparaciones, conciliaciones y soluciones extrajudiciales entre el infractor y su víctima.

Cotelo López aclaró que este papel no es contradictorio como pudiera verse, ya que sus principios se derivan del convenio de Naciones Unidas sobre el derecho del niño, que establece para el fiscal la facultad de otorgar oportunidades al menor que ha cometido la falta y hasta de no imponer medidas punitivas si el adolescente no las precisa.

"No tiene por qué haber justicia innecesaria.

Esto es así porque aunque el papel de un fiscal es acusar, no debe hacerlo cuando no hay prueba.

Y si las hay debe aplicar las medidas que sean mejores para el menor, siempre que permitan su reeducación y resocialización", ilustró.

Para la fiscal, cuando un menor delinque es porque tiene una carencia, que no es sólo económica.

Por ello, considera que confinarlo a un centro de internamiento por varios años sin los debidos tratamientos es agudizar el problema.

Aunque reconoció conocer poco el contenido de la Ley No.

40, Cotelo López mostró su confianza en la norma, sobre todo, porque sus principios son derivados de la Convención del Niño y el Adolescente.

"Yo cuando veo a mis niños, porque yo les digo mis niños, cómo han ido evolucionando cuando casi se les consideraba perdidos, me emociono mucho y es una experiencia que se la recomiendo y espero que ustedes la tengan pronto acá", sostuvo la abogada.

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