Antecedentes personales
- Guy De Puy
Para muchos panameños, el récord policivo, establecido por la Ley 16 de 1991 de la Policía Técnica Judicial (PTJ), feneció con la Ley 66 de 2001. Este permitía al ciudadano obtener su historial policivo en esa institución, sin costo o requisito para solicitarlo.
La PTJ era la custodia del gabinete de archivo e información personal de cada ciudadano de este hermoso país, y dejaron de otorgar dicho historial policivo en base a la Ley 66; pero ¿sabe usted apreciado lector, en este momento dónde se encuentra esta información ahora que desapareció la PTJ?
La respuesta es muy sencilla. Al establecerse la Ley 69 de 27 de diciembre de 2007, toda esa información fue trasladada a la sede de la Policía Nacional, a la nueva Dirección de Investigación Judicial (DIJ), que es el nuevo custodio de los datos personales e historial policivo.
Todavía recuerdo los argumentos válidos que se esbozaban entre los promotores y detractores del récord policivo y de pronto, un silencio preocupante. Nadie más llegó a hablar del tema. Pareció que el tema simplemente perdió su vigencia frente a los múltiples problemas económico-sociales que aquejan a los ciudadanos de este país.
Pero estudiando detenidamente la Ley 69 de 27 de diciembre de 2007, nos encontramos con un récord policivo renovado, sólo que con otra denominación más aceptable: Certificado de Información de Antecedentes Personales, que es accesible al titular de la información, sin ningún costo, que no podrá usarse para solicitudes de empleo, excepto en empleos bancarios, transporte aéreo, vigilancia o seguridad privada, manejo y control de explosivos, guarda y custodia de personas menores de edad, actividad docente y transporte colegial, oficios domésticos. Para los empleos que no están en esta lista, está prohibido solicitar este certificado.
En el Certificado de Información de Antecedentes Personales aparecerán las sentencias (si las hay), resolución de libertades condicionales, resoluciones sustitutivas de pena de prisión, resolución de sustitución, reemplazo o aplazamiento de la ejecución de las penas.
Esperemos que frente a la nueva opción de solicitar los antecedentes personales, se tramite de forma expedita y con un criterio de seriedad y profesionalismo, ya que de los mismos dependen que muchos panameños se reincorporen plenamente a la sociedad, a ser ciudadanos que contribuyan al desarrollo del país.

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