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Opinión / Consulta y Pueblos Indígenas

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Consulta y Pueblos Indígenas

Publicado 2011/02/17 20:39:59
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Los Pueblos Indígenas en Panamá ocupan cerca del 25 % del territorio nacional, protegido por las Leyes que crean las cinco comarcas y la Ley 72 de 2008 sobre tierras colectivas indígenas. Sin estos amparos jurídicos, quien sabe cuánto territorio habrían perdido, debido a la invasión de colonos.

Los habitantes originarios tienen una serie de derechos ante el Estado, entre los cuales se encuentra el derecho a ser consultados cuando se les afecte su territorio por algún proyecto, ya sea minero, hidroeléctrico o turístico, que son los que actualmente tienen algún grado de comentario de ser implementados. Eso lo establece la normativa Internacional vigente para el Estado panameño en el tema indígena, estipulado en el Convenio 107 de 1957 de la OIT, suscrito y ratificado en 1971, además señalado en la Declaración de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas de 2007, que no es vinculante, pero establece un compromiso moral.

Esa consulta debe ser libre, previa e informada, de buena fe y realizada por el Gobierno Nacional, con el objetivo de obtener el consentimiento de las comunidades afectadas y de alguna manera estas empresas que afecten la cosmovisión y medioambiente indígena, deben compensar la afectación con una justa indemnización y participación en las riquezas que generen tales actividades, una vez alcanzado su consentimiento.

Nuestra experiencia en defensa de los derechos humanos de los pueblos originarios y el conocimiento de sus costumbres y derecho indígena, nos permiten opinar que la mejor práctica de quienes ejercen el arte de gobernar es consultar con las comunidades indígenas afectadas. Esta consulta con los pueblos indígenas debe ser con conocimiento de la historia, la cultura, el derecho consuetudinario y la propiedad colectiva que practican estos pueblos desde antes de la colonización de América hace más de 500 años.

El Estado panameño tiene una deuda con los indígenas, y entre sus tareas pendientes está la ratificación del Convenio 169 de la OIT, sobre Poblaciones Indígenas y Tribales en países independientes, cuyo objetivo busca el respeto a sus derechos humanos, tradiciones y costumbres, de manera que sean integrados al desarrollo nacional.

La exposición de motivos y análisis para su ratificación reposa en la Presidencia de la República, tras intensos esfuerzos de la Coordinadora Nacional de Pueblos Indígenas (COONAPIP), la Defensoría del Pueblo y el ministerio de Gobierno, quienes iniciaron el pasado 9 de agosto de 2010 el compromiso de promover dicha legalización a favor de los pueblos originarios, quienes han sido los olvidados por décadas.

Ahora es el momento oportuno de aunar esfuerzos para ser justos con los pueblos indígenas panameños, para que sean tomados en cuenta y se les respete su lenguaje, sus costumbres y el derecho a practicar la propiedad colectiva como un principio para defender las tierras que ancestralmente les han pertenecido.

*Abogado, especialista en Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas.

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