Atención
Derechos del adulto mayor
La Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 1 de octubre Día Internacional de las Personas de Edad. Casi 700 millones de personas son mayores de
Mónica Ivankovich (opinion@epasa.com) / Panamá Comisión de Valores.
La Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 1 de octubre Día Internacional de las Personas de Edad. Casi 700 millones de personas son mayores de 60 años. Para 2050, más del 20% de la población mundial. La Constitución Nacional de la República establece en su capítulo II, artículo 59, numeral 3, la protección que el Estado debe brindar a los denominados por ella “ancianos”. Nuestro Código de la Familia, en los artículos 364 y 365, dispone la colocación de adultos mayores en hogares sustitutos e indica sus requisitos. El artículo 569 establece el deber del Estado de desarrollar políticas sociales de prevención, protección y promoción del bienestar general de las personas de la tercera edad. Debemos prestar atención de las necesidades específicas que requieren para que tengan una calidad de vida adecuada:
1. No ser discriminadas por su edad.
2. Gozar de oportunidades en igualdad de condiciones.
3. Recibir el apoyo de las instituciones creadas para su atención (Mides, Defensoría del Pueblo, Universidad del Trabajo y de la Tercera Edad de la Universidad de Panamá).
4. Ser protegidas y defendidas contra toda forma de explotación y maltrato físico o mental.
5. Recibir la atención y protección que requieren de la familia y la sociedad.
6. Mantener las relaciones con su familia, aún cuando no vivan con ellos.
7. Vivir en lugares seguros, dignos y decorosos.
8. Expresar su opinión con libertad y participar en el ámbito familiar y social.
9. Ser tratadas con dignidad y respeto.
10. Contar con asesoría jurídica gratuita y oportuna, y representación legal, de ser necesario.
11. Realizar su testamento con toda libertad.
12. Recibir información de los servicios que pueden recibir del Estado.
13. Recibir atención médica.
14. Recibir orientación y capacitación respecto de su salud, nutrición e higiene.
15. Ser integradas a los programas de asistencia social.
16. Contar con un trabajo, siempre que esté capacitado para desempeñarlo.
17. Recibir un ingreso propio mediante un trabajo remunerado o por prestaciones de seguridad social.
18. Recibir educación y capacitación en cualquiera de sus niveles.
19. Asociarse y reunirse libremente.
20. Participar en actividades culturales, deportivas y recreativas.
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