opinion
Derechos del adulto mayor
- Actualizado:
Mónica Ivankovich (opinion@epasa.com) / Panamá Comisión de Valores.La Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 1 de octubre Día Internacional de las Personas de Edad.Casi 700 millones de personas son mayores de 60 años.Para 2050, más del 20% de la población mundial.La Constitución Nacional de la República establece en su capítulo II, artículo 59, numeral 3, la protección que el Estado debe brindar a los denominados por ella “ancianos”.Nuestro Código de la Familia, en los artículos 364 y 365, dispone la colocación de adultos mayores en hogares sustitutos e indica sus requisitos.El artículo 569 establece el deber del Estado de desarrollar políticas sociales de prevención, protección y promoción del bienestar general de las personas de la tercera edad.Debemos prestar atención de las necesidades específicas que requieren para que tengan una calidad de vida adecuada:1.No ser discriminadas por su edad.2.Gozar de oportunidades en igualdad de condiciones.3.Recibir el apoyo de las instituciones creadas para su atención (Mides, Defensoría del Pueblo, Universidad del Trabajo y de la Tercera Edad de la Universidad de Panamá).4.Ser protegidas y defendidas contra toda forma de explotación y maltrato físico o mental.5.Recibir la atención y protección que requieren de la familia y la sociedad.6.Mantener las relaciones con su familia, aún cuando no vivan con ellos.7.Vivir en lugares seguros, dignos y decorosos.8.Expresar su opinión con libertad y participar en el ámbito familiar y social.9.Ser tratadas con dignidad y respeto.10.Contar con asesoría jurídica gratuita y oportuna, y representación legal, de ser necesario.11.Realizar su testamento con toda libertad.12.Recibir información de los servicios que pueden recibir del Estado.13.Recibir atención médica.14.Recibir orientación y capacitación respecto de su salud, nutrición e higiene.15.Ser integradas a los programas de asistencia social.16.Contar con un trabajo, siempre que esté capacitado para desempeñarlo.17.Recibir un ingreso propio mediante un trabajo remunerado o por prestaciones de seguridad social.18.Recibir educación y capacitación en cualquiera de sus niveles.19.Asociarse y reunirse libremente.20.Participar en actividades culturales, deportivas y recreativas.