Skip to main content
Trending
Noriel Arauz: Detienen provisionalmente a exadministrador de la AMP investigado por presunto enriquecimiento ilícitoKadir Barría y 'Yayita' Vergara no estarán con Panamá en el Premundial sub20¡Merino lo hace de nuevo! España elimina a Bélgica y se cita con Francia en semifinales del Mundial 2026Beneficiarios del Cepanim inconformes por mala organización y largas filas Programa fortalece la atracción de inversión extranjera en Panamá
Trending
Noriel Arauz: Detienen provisionalmente a exadministrador de la AMP investigado por presunto enriquecimiento ilícitoKadir Barría y 'Yayita' Vergara no estarán con Panamá en el Premundial sub20¡Merino lo hace de nuevo! España elimina a Bélgica y se cita con Francia en semifinales del Mundial 2026Beneficiarios del Cepanim inconformes por mala organización y largas filas Programa fortalece la atracción de inversión extranjera en Panamá
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • ⚽ Pasión Mundialista 2026
    • ⚔️ Llaves
    • ⚽ Tabla de Goleadores
    • ⚽ Sedes y Ciudades
    • ⚽ Tabla de posiciones
    • ⚽ Resultados por grupo
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / Diferencias entre constituyente paralela y originaria

1
Panamá América Panamá América Viernes 10 de Julio de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • ⚽ Pasión Mundialista 2026
    • ⚔️ Llaves
    • ⚽ Tabla de Goleadores
    • ⚽ Sedes y Ciudades
    • ⚽ Tabla de posiciones
    • ⚽ Resultados por grupo
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Constituyente / Reforma constitucional

Diferencias entre constituyente paralela y originaria

Publicado 2019/02/08 00:00:00
  • Sebastián Calderón Concha
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

De existir ese procedimiento, existe en otras latitudes, o en libros académicos, o tal vez -me arriesgo a decir hoy- en el derecho internacional público.

En los tres artículos previos he demostrado que, según nuestra Constitución Política vigente, no existe el procedimiento para convocar una asamblea constituyente originaria.

He dicho que de existir ese procedimiento, existe en otras latitudes, o en libros académicos, o tal vez -me arriesgo a decir hoy- en el derecho internacional público. Este último no lo manejo muy bien, pero sé que toda norma internacional debe ser ratificada por nuestra Asamblea Nacional de Diputados y debe ser sancionada por el Ejecutivo y publicada en la Gaceta Oficial.

También he dicho que los legitimados para convocar a una asamblea constituyente paralela son tres: el Ejecutivo con ratificación de la Asamblea Nacional de Diputados, la Asamblea Nacional de Diputados y el ciudadano. Todo esto está en el artículo 314 de nuestra Constitución Política vigente.

vEA TAMBIÉN Fianza de excarcelación: derecho y beneficio, no es un favor

Hoy escribiré más acerca de qué sigue después de esa convocatoria en cinco puntos:

1. Bien, una vez se haya hecho la convocatoria de una asamblea constituyente paralela, le corresponde al Tribunal Electoral (TE) elegir a 60 personas que en adelante se les tratará como constituyentes -nombre que se les da a los encargados de redactar una nueva Constitución Política (CP) por esta vía-.

2. Luego que ya se han escogido a esos 60 constituyentes -cuyo procedimiento debe estar reglamentado previamente a través de una ley que debe promover el Tribunal Electoral en la Asamblea Nacional de Diputados- entonces, el Tribunal Electoral les entrega las credenciales oficiales a esos 60 constituyentes.

3. Luego esos 60 constituyentes redactan una nueva Constitución Política en un plazo no menor a seis meses ni mayor a nueve meses.

4. Luego esa nueva Constitución Política se publica en el "Boletín Electoral" del Tribunal Electoral.

VEA TAMBIÉBN El orden de los factores no altera el producto

5. Luego esa nueva Constitución Política se lleva a referéndum nacional en un plazo no menor a tres meses ni mayor a tres meses contados a partir de la publicación en el boletín electoral, para que los ciudadanos votemos si queremos o no la nueva Constitución Política redactada por los 60 constituyentes.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

La diferencia con la asamblea constituyente originaria, que es el tema principal de este artículo, es que la asamblea constituyente originaria no se sabe ni cómo comienza ni cómo termina.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía

Contenido Patrocinado

¿Cuáles son los mejores juegos de casino en vivo en LATAM?

La evolución también fortalece la capacidad del grupo para generar mayores oportunidades para sus clientes. Foto: Pexels

Inversiones Cuscatlán Centroamérica inicia el proceso de cambio de nombre a Grupo Financiero BSC

IFX implementa infraestructura de inteligencia artificial privada en sus Data Centers de América Latina

IFX e ICONTEC presentan modelo para que empresas panameñas fortalezcan y acrediten su gestión en ciberseguridad

IFX Networks adquiere Redes Integradas Corporativas (REICO) en Costa Rica y fortalece su liderazgo regional

Últimas noticias

Noriel Arauz: Detienen provisionalmente a exadministrador de la AMP investigado por presunto enriquecimiento ilícito

Kadir Barría y 'Yayita' Vergara no estarán con Panamá en el Premundial sub20

¡Merino lo hace de nuevo! España elimina a Bélgica y se cita con Francia en semifinales del Mundial 2026

El MEF detalló que entre el 15 de junio y el 3 de julio se han entregado 55,000 certificados correspondientes a 19,000 beneficiarios.

Beneficiarios del Cepanim inconformes por mala organización y largas filas

Programa fortalece la atracción de inversión extranjera en Panamá




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".