Skip to main content
Trending
Dime qué perfume usas y te diré de dónde eresLa columna de Doña PerlaLa cancillería 365 días después, al 4 de julio de 2025Polémica por el traslado de las instalaciones del Minsa de La Chorrera a ArraijánBúsqueda de mujer desaparecida de 74 años se traslada a David, Chiriquí
Trending
Dime qué perfume usas y te diré de dónde eresLa columna de Doña PerlaLa cancillería 365 días después, al 4 de julio de 2025Polémica por el traslado de las instalaciones del Minsa de La Chorrera a ArraijánBúsqueda de mujer desaparecida de 74 años se traslada a David, Chiriquí
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
    • Podcast
    • Galerías
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / Diferencias entre constituyente paralela y originaria

1
Panamá América Panamá América Viernes 04 de Julio de 2025
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Constituyente / Reforma constitucional

Diferencias entre constituyente paralela y originaria

Publicado 2019/02/08 00:00:00
  • Sebastián Calderón Concha
  •   /  
  • [email protected]
  •   /  

De existir ese procedimiento, existe en otras latitudes, o en libros académicos, o tal vez -me arriesgo a decir hoy- en el derecho internacional público.

  • facebook messenger
  • Compartir en WhatsApp
  • x twitter
  • facebook messenger
  • facebook messenger

En los tres artículos previos he demostrado que, según nuestra Constitución Política vigente, no existe el procedimiento para convocar una asamblea constituyente originaria.

He dicho que de existir ese procedimiento, existe en otras latitudes, o en libros académicos, o tal vez -me arriesgo a decir hoy- en el derecho internacional público. Este último no lo manejo muy bien, pero sé que toda norma internacional debe ser ratificada por nuestra Asamblea Nacional de Diputados y debe ser sancionada por el Ejecutivo y publicada en la Gaceta Oficial.

También he dicho que los legitimados para convocar a una asamblea constituyente paralela son tres: el Ejecutivo con ratificación de la Asamblea Nacional de Diputados, la Asamblea Nacional de Diputados y el ciudadano. Todo esto está en el artículo 314 de nuestra Constitución Política vigente.

vEA TAMBIÉN Fianza de excarcelación: derecho y beneficio, no es un favor

Hoy escribiré más acerca de qué sigue después de esa convocatoria en cinco puntos:

1. Bien, una vez se haya hecho la convocatoria de una asamblea constituyente paralela, le corresponde al Tribunal Electoral (TE) elegir a 60 personas que en adelante se les tratará como constituyentes -nombre que se les da a los encargados de redactar una nueva Constitución Política (CP) por esta vía-.

2. Luego que ya se han escogido a esos 60 constituyentes -cuyo procedimiento debe estar reglamentado previamente a través de una ley que debe promover el Tribunal Electoral en la Asamblea Nacional de Diputados- entonces, el Tribunal Electoral les entrega las credenciales oficiales a esos 60 constituyentes.

3. Luego esos 60 constituyentes redactan una nueva Constitución Política en un plazo no menor a seis meses ni mayor a nueve meses.

4. Luego esa nueva Constitución Política se publica en el "Boletín Electoral" del Tribunal Electoral.

VEA TAMBIÉBN El orden de los factores no altera el producto

5. Luego esa nueva Constitución Política se lleva a referéndum nacional en un plazo no menor a tres meses ni mayor a tres meses contados a partir de la publicación en el boletín electoral, para que los ciudadanos votemos si queremos o no la nueva Constitución Política redactada por los 60 constituyentes.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

La diferencia con la asamblea constituyente originaria, que es el tema principal de este artículo, es que la asamblea constituyente originaria no se sabe ni cómo comienza ni cómo termina.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Primer año de gestión

100 Días de Gestión

Contenido Patrocinado

Empresas enfrentan el desafío de proteger su operación digital ante ciberamenazas y fallos tecnológicos

Transforman ideas en negocios sostenibles en Donoso

Clientes de Caja de Ahorros se beneficiarán de pagos digitales con Yappy

¡Los nuevos Galaxy A56, A26 y A36 ya están en Panamá!

El juego cambia: Betcris se suma a la FPF para impulsar la pasión por el fútbol en Panamá

Últimas noticias

Exposición ‘Myrurgia 1916-1936, Belleza y Glamour’. Foto: EFE / Julián Martín

Dime qué perfume usas y te diré de dónde eres

Stephanie Calcagno. Foto: Instagram

La columna de Doña Perla

La cancillería 365 días después, al 4 de julio de 2025

La decisión del funcionario se dio al final de una reunión sostenida con miembros de la sociedad civil y concejales que cuestionan el traslado de las oficinas del Minsa. Foto. Eric Montenegro

Polémica por el traslado de las instalaciones del Minsa de La Chorrera a Arraiján

El recorrido terrestre se concentra en la vía San Pablo Nuevo, Urbanización El Prado. Foto. Cortesía

Búsqueda de mujer desaparecida de 74 años se traslada a David, Chiriquí




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2025.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".