Skip to main content
Trending
Tribunal frena intento de reclusión domiciliaria para representante de David por caso de la Junta ComunalMinsa interviene escuelas y capacitará a agricultores tras casos de hantavirus en MontijoCaso Alas Chiricanas: Declaran "causa compleja" el peor ataque terrorista en la historia de PanamáCinco programas marcan un año de avances en la cooperación China-América Latina y el CaribePhoebe Bridgers prohíbe los teléfonos móviles en su próxima gira
Trending
Tribunal frena intento de reclusión domiciliaria para representante de David por caso de la Junta ComunalMinsa interviene escuelas y capacitará a agricultores tras casos de hantavirus en MontijoCaso Alas Chiricanas: Declaran "causa compleja" el peor ataque terrorista en la historia de PanamáCinco programas marcan un año de avances en la cooperación China-América Latina y el CaribePhoebe Bridgers prohíbe los teléfonos móviles en su próxima gira
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Pasión Mundialista 2026
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / El doble juzgamiento es nulo en nuestra legislación penal

1
Panamá América Panamá América Sábado 06 de Junio de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Pasión Mundialista 2026
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Caso Ricardo Martinelli / Doble juzgamiento / Legislación penal / Nulidad procesal / Tribunal de Apelaciones

El doble juzgamiento es nulo en nuestra legislación penal

Publicado 2021/03/22 00:00:00
  • Ramón F. Castellanos Arrieta

... el Tribunal de Apelaciones se equivocó, si había causa para revocar el fallo de primera instancia, en nuestro criterio debió emitir un fallo de condena, no de nulidad, para dar camino a otro proceso, lo que en estricto derecho es totalmente ilegal.

Noticias Relacionadas

  • 1

    Injusticia en la Universidad de Panamá

  • 2

    Mujeres ganan terreno en el mundo corporativo

  • 3

    La atención emocional de la población se vuelve urgente en el actual escenario mundial

La decisión de programarle otro proceso a Ricardo Martinelli Berrocal, carece de fundamento jurídico. Foto: Archivo. Epasa.

La decisión de programarle otro proceso a Ricardo Martinelli Berrocal, carece de fundamento jurídico. Foto: Archivo. Epasa.

La historia del Derecho, sistema que garantiza la convivencia social sobre todo la penal, está llena de principios, los que grandes autores doctrinarios han creado y muchos de ellos siguen vigentes. La mayoría de las legislaciones han acogido dentro de los diferentes procesos, reitero, los de carácter penal, el que permite y los convierte, especialmente, como países civilizados y respetuosos de la llamada democracia y la dignidad humana, o sea, de los derechos humanos.

Uno de esos principios es el “ne bis in idem”, también conocido, de acuerdo con el diccionario de Ciencias jurídicas, Política y jurídicas de Manuel Ossorio, como ”Non bis in idem”  (No dos veces por lo mismo). De acuerdo con este postulado se le da plena vigencia al Principio de la legalidad, principio vigente en nuestra legislación procesal penal, en el artículo séptimo (7mo.) del Código Procesal Penal, el cual manifiesta taxativamente lo siguiente: “Prohibición de doble juzgamiento. Nadie puede ser investigado ni juzgado penalmente más de una vez por el mismo hecho, aunque a este se le dé una denominación distinta".

El mismo principio está consignado en el artículo 1945 del Código Judicial, cuyo tenor es el siguiente: “1945. (1969) Nadie podrá ser perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho, aunque se modifique su calificación o se afirmen nuevas circunstancias”.  Conc. Art. 4 C P.

De la misma manera nuestra carta fundamental consagra este principio, el “non bis in dem” en el artículo 32, que a letra señala lo siguiente: “Artículo 32. Nadie será juzgado, sino por autoridad  competente y conforme a los trámites legales, y no más de una vez por la misma causa penal, administrativa,  policiva o disciplinaria.

El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial, emitió un fallo difundido por los medios de comunicación, en donde destacan la nulidad del proceso en donde mediante sentencia se declaró “no culpable” al expresidente. Ese fallo se emitió el 9 de agosto del año 2019, en donde Ricardo Martinelli Berrocal, había sido sobreseído de toda culpa. De acuerdo con la difusión del fallo, se ordena realizar nuevo proceso por la mima causa, o sea, se pretende realizar un nuevo proceso de doble juzgamiento, por la misma causa, los mismos hechos penales, en abierta violación de lo establecido en nuestra carta magna.

Consideramos que este fallo camina por el filo de la nulidad procesal, en abierta contradicción de las normas reproducidas en el presente libelo.

Como hemos visto, la decisión de programarle otro proceso a Ricardo Martinelli Berrocal, carece, en nuestro concepto, de fundamento jurídico.
Considero que el Tribunal de Apelaciones se equivocó, si había causa para revocar el fallo de primera instancia, en nuestro criterio debió emitir un fallo de condena, no de nulidad, para dar camino a otro proceso, lo que en estricto derecho es totalmente ilegal.

El proceso de primera instancia, se desarrolló conforme indica el artículo 32 de la Constitución y su texto, en cuanto al doble juzgamiento es claro, más claro que las demás normas citadas, por ello, somos del criterio que el proceso anunciado sería totalmente ilegal y podría ser objeto de una nulidad absoluta.

VEA TAMBIÉN: Educación: sin metas ni rumbo claro

Espero que los que no estén de acuerdo con mi pensamiento jurídico, me critiquen, pero espero que sea con el mayor respeto, en este país, pienso que todavía hay libertad de pensamiento, artículo 37 de la Constitución política, además de que la Constitución, gústenos o nos guste, es la norma supra, por ello le debemos pleno respeto.

Abogado.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía

Contenido Patrocinado

Panamá es el principal centro de conexiones de la región. Foto: Cortesía/Aeropuerto de Tocumen

Aeropuerto de Tocumen crece un 15 % y supera los 5,7 millones de pasajeros en el primer trimestre de 2026

Panamá acelera su economía digital: la continuidad operativa de las industrias depende de infraestructura inteligente

La infraestructura detrás del clic: ¿Cómo los centros de datos hacen posible nuestra vida diaria?

Últimas noticias

Tribunal frena intento de reclusión domiciliaria para representante de David por caso de la Junta Comunal

Minsa interviene escuelas y capacitará a agricultores tras casos de hantavirus en Montijo

El atentado terrorista dejó 21 muertos, en su gran mayoría judíos. Foto Archivo

Caso Alas Chiricanas: Declaran "causa compleja" el peor ataque terrorista en la historia de Panamá

China ha mantenido una estrecha cooperación con los países latinoamericanos. Foto: Cortesía

Cinco programas marcan un año de avances en la cooperación China-América Latina y el Caribe

Phoebe Bridgers. Foto: EFE / Caroline Brehman

Phoebe Bridgers prohíbe los teléfonos móviles en su próxima gira




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".