¿Para qué sirve la CLICAC?
Publicado 2000/04/02 23:00:00
- Miguel Conteras
Cuando el gobierno pasado decidió expedir la Ley No 29 de 1 de febrero de 1996, la que reglamenta la defensa de la competencia y asuntos del consumidor, lo hizo, según se dijo en aquél entonces, para preservar el interés superior de los consumidores. Nada más alejando de la realidad, toda vez que el nacer la referida norma legal dejaba a los consumidores en evidente indefensión y en manos de mafiosos mercaderes o comerciantes especuladores, que por estar pensando en su caja registradora, no les importa con el sufrimiento de los diezmados y sufridos consumidores.
Y es que al desaparecer la antigua Oficina de Regulación de Precios, dejó en un estado de indefensión al sufrido pueblo panameño, que pobrecito no tiene quién lo defienda. Los consumidores del país son estafados a diarios y, son víctimas fáciles de usureros que otorgan contratos de préstamos con cláusulas usurarias en detrimento del consumidor. Sin duda, si se efectuarán las revisiones pertinentes a estos contratos de naturaleza leonina con vicios ocultos, se determinaría a todas luces que son iguales. Es percepción general de la ciudadanía, que los derechos de los consumidores diariamente se ven vulnerados y desconocidos por estos inescrupulosos comerciantes, que se enriquecen con las necesidades y los sufrimientos de sus congéneres.
Y es que, si hacemos un cuadro comparativo entre la antigua ORP y la CLICAC, es cuando a efectividad, constatamos que la desaparecida ORP, era muchísimo más efectivas y lo que es mejor aún, mucho menos onerosa, porque sus comisionados actuales reciben jugosos salarios.
Creemos, desafortunadamente, que la existencia de la Comisión en mención, poco o nada hace a favor del interés superior del consumidor, y, muy por el contrario, quizás sólo sirva para que sus comisionados puedan cobrar sus jugosos salarios en detrimiento del indefenso pueblo panameño, del cual se deben y son su razón de ser. ¿Acaso su razón de ser no es sino, precisamente, realizar políticas generales de defensa al consumidor? ¿O no? ¿Dónde está la Comisión cuando establecimientos comerciales venden a sus clientes productos defectuosos, con vicios ocultos? ¿Para qué sirve la CLICAC, sí permite que estos inescrupulosos comerciantes, sigan estafando al pueblo panameño?. Realmente para nada.
Y qué no decir, de los contratos entre el Estado y algunas compañías foráneas que también son a todas luces ilegales y deben revisarse. Lo que se debe ordenar es una revisión del contrato de concesión que el anterior gobierno firmó con el Estado, a efecto de que se hagan las correcciones a las cláusulas que lesionan al patrimonio Nacional y que son lesivas al patrimonio de todo los panameños. Porque la empresa mexicana ICA en contubernio con seudos estadistas del partido que entonces ostentaba el poder, firmó con el gobierno de todos los panameños, máxime cuando se trata de contrataciones dudosas y amañadas. Porque tan culpable es quien mata a la vaca como el que le agarra la pata. Es imperativo, demandar dicho contrato por ilegal ante la Corte, para salvaguardar los grandes intereses de la patria.
La Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, ente público adscrito al MICI, tiene entre sus atribuciones claras funciones, tales como la de realizar inspecciones en establecimientos comerciales e industriales, a fin de determinar si éstos cumplen estrictamente con lo establecido en la Ley 29 de 1996 y el Decreto Ejecutivo No. 31 de 15 de julio de 1997.
Y es que al desaparecer la antigua Oficina de Regulación de Precios, dejó en un estado de indefensión al sufrido pueblo panameño, que pobrecito no tiene quién lo defienda. Los consumidores del país son estafados a diarios y, son víctimas fáciles de usureros que otorgan contratos de préstamos con cláusulas usurarias en detrimento del consumidor. Sin duda, si se efectuarán las revisiones pertinentes a estos contratos de naturaleza leonina con vicios ocultos, se determinaría a todas luces que son iguales. Es percepción general de la ciudadanía, que los derechos de los consumidores diariamente se ven vulnerados y desconocidos por estos inescrupulosos comerciantes, que se enriquecen con las necesidades y los sufrimientos de sus congéneres.
Y es que, si hacemos un cuadro comparativo entre la antigua ORP y la CLICAC, es cuando a efectividad, constatamos que la desaparecida ORP, era muchísimo más efectivas y lo que es mejor aún, mucho menos onerosa, porque sus comisionados actuales reciben jugosos salarios.
Creemos, desafortunadamente, que la existencia de la Comisión en mención, poco o nada hace a favor del interés superior del consumidor, y, muy por el contrario, quizás sólo sirva para que sus comisionados puedan cobrar sus jugosos salarios en detrimiento del indefenso pueblo panameño, del cual se deben y son su razón de ser. ¿Acaso su razón de ser no es sino, precisamente, realizar políticas generales de defensa al consumidor? ¿O no? ¿Dónde está la Comisión cuando establecimientos comerciales venden a sus clientes productos defectuosos, con vicios ocultos? ¿Para qué sirve la CLICAC, sí permite que estos inescrupulosos comerciantes, sigan estafando al pueblo panameño?. Realmente para nada.
Y qué no decir, de los contratos entre el Estado y algunas compañías foráneas que también son a todas luces ilegales y deben revisarse. Lo que se debe ordenar es una revisión del contrato de concesión que el anterior gobierno firmó con el Estado, a efecto de que se hagan las correcciones a las cláusulas que lesionan al patrimonio Nacional y que son lesivas al patrimonio de todo los panameños. Porque la empresa mexicana ICA en contubernio con seudos estadistas del partido que entonces ostentaba el poder, firmó con el gobierno de todos los panameños, máxime cuando se trata de contrataciones dudosas y amañadas. Porque tan culpable es quien mata a la vaca como el que le agarra la pata. Es imperativo, demandar dicho contrato por ilegal ante la Corte, para salvaguardar los grandes intereses de la patria.
La Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, ente público adscrito al MICI, tiene entre sus atribuciones claras funciones, tales como la de realizar inspecciones en establecimientos comerciales e industriales, a fin de determinar si éstos cumplen estrictamente con lo establecido en la Ley 29 de 1996 y el Decreto Ejecutivo No. 31 de 15 de julio de 1997.
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