¿Qué es "voto en plancha"?
- Hermano Pablo
H abrás observado que en las numerosas pancartas con la franquicia o privilegio de los tricolores patrios, el PRD pide a sus electores que voten plancha. Por casualidad, ¿Recuerdas los reproches en 1999 de los candidatos del PRD no elegidos en contra de Balbina porque ella pidió el voto selectivo en lugar del voto en plancha?
En Panamá el voto en plancha tiene dos significados: El primero, conocido también como "voto de arrastre", es aquel donde el elector vota para todos los cargos en consulta (Presidente, legisladores, alcaldes y representantes o concejales) por la papeleta de un solo partido. El segundo, aunque sencillo difícil de entender para tantos, atañe a la elección de legisladores y consiste en que toda vez que un elector vota por un partido para Legislador, seguido lo hace "por todos" los candidatos, listados en orden numérico de prelación, dentro de la papeleta del partido votado; mientras que si por el contrario vota por algún o algunos de los candidatos, se le llama voto selectivo. Por si no está claro el significado, permítanme citar el reglado por el Magistrado Valdés Escoffery:.."Los seguidores de un partido que sigan la regla de votar en plancha (es decir, por todos los candidatos seleccionando sólo la casilla del partido), por ejemplo, en lugar de votar selectivamente (es decir, por un candidato seleccionando la casilla de ese candidato)." Los lamentos contra Balbina responden a que desarrolló su campaña solicitando el voto selectivo a su favor, por lo que sus copartidarios la culparon de que el arnulfista con 40 mil 989 obtuviere cuatro escaños, mientras que el PRD apenas dos con 41 mil 409 votos o con 420 de más. Sin embargo, a los quejosos no les importó que no le tocare curul a ninguno de los partidos de minoría, éstos que en conjunto acumularon 41 mil 347 votos. En otras palabras con el 33% de los votos, al arnulfista se le adjudicó el 66% de los 6 escaños en consulta.
El circuito 8-6 se lleva el record Guiness de ser el primero, entre los 28 plurinominales de los dos comicios de 1994 y 1999, donde el voto en plancha por los candidatos tuvo un efecto en la adjudicación de escaños. La insólita ocurrencia obedeció a que se dio el infrecuente de que dos partidos obtuvieron escaños en el reparto por cuociente electoral con estrecha diferencia de votos, lo que nunca había acontecido y difícilmente se repetirá.
Más allá del anotado casual, la razón de los resultados absurdos en el 8-6 está en la torpe decisión de los Magistrados del Tribunal Electoral de sumar un voto a cada uno de los candidatos en el caso del voto en plancha, cual vuelven a dictar en los acápites 2 (a) (b) del artículo 41 del Decreto 11, donde éstos supinos electorales reglamentan la próxima de mayo.
Reconocen estos Tribunos que el método de votación es el conocido universalmente como de "Lista Partidista Cerrada y No bloqueada de Candidatos", pero no cabe duda que no lo entienden ni cuentan con esos conocimientos básicos de la Aritmética que, paradójicamente, le están exigiendo a los funcionarios de las corporaciones electorales. Si conocieran la regla aritmética de la uniformidad (ver el libro de Baldor) entenderían que el método de votación dicta como una torpeza sumarle un voto a cada candidato en el caso del voto en plancha, puesto que si un elector vota por todos los candidatos no votó por ninguno sino que simplemente aprobó el orden de prelación a la curul que se le adjudicare en primacía al partido, orden preimpreso que fuere decidido por los gamonales de esos carteles que, en ausencia de una Ley de Partidos que reglamente su funcionamiento democrático, se dictan como partidos.
Votar selectivamente es un derecho de cada elector como lo es el de aprobar el orden de prelación de los candidatos que remitió el partido (voto plancha), pero lo cierto es que los votos selectivos son los efectivamente que reordenan la prelación de los candidatos a la curul que se adjudica al partido y, precisamente, el método de votación establecido permite que los electores tengan la última palabra en el reordenamiento y no la cúpula del cartel. Por el contrario, en Costa Rica rige el método de votación de lista partidista cerrada, allá el elector sólo vota por el partido y no por los candidatos, es decir que si al partido se le adjudican tres escaños en un circuito lo representarán los candidatos listados por el partido en los tres primeros lugares.
La penuria aritmética la reveló el Magdo. Pinilla cuando, refutando al colega chorrerano Leopoldo Castillo frente a la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por los fraudes legalizados que generó el reparto por residuo en los circuitos 1-1, 2-1, 3-1, 8-1, 8-6, 8-7, 8-8, 8-9 y 8-10, sostuvo como errados los resultados brindados por Castillo de 2 cuocientes con residuo de 161 votos producto de la división de los votos obtenidos en el 8-6 por el PRD (41 mil 409) entre el Cuociente Electoral de 20 mil 624 votos. Reclamaba Pinilla que el resultado era de 2.0078; por supuesto que ignora que si dividimos el residuo de 161 votos entre el dividendo de 20 mil 624 obtendremos su extensa descarga de decimales, pero es que como hablamos de personas que no se pueden dividir, Castillo identificó el residuo en números enteros. Moraleja: No votes por los candidatos que piden voto en plancha para legislador, pues si no conocen el método de votación menos aún podrán diligenciar las leyes que necesita la N ción y, por favor, vota selectivo.
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