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Opinión / Reforma constitucional sobre juegos

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Reforma constitucional sobre juegos

Publicado 2004/06/21 23:00:00

Una de las propuestas de reforma a la Constitución Nacional guarda relación con el artículo 292, cuya primera oración en su versión vigente reza así: "La explotación de juegos de suerte y azar y de actividades que originen apuestas sólo podrán efectuarse por el Estado". La reforma añadiría al final "pero podrán ser otorgadas en concesión". Se trata de un cambio revelador, toda vez que implica que existen dudas en la mente de algunos sobre la viabilidad legal de la privatización de los juegos de suerte y azar y de actividades que originen apuestas realizada por el Estado en 1998.
Recuérdese que el gobierno pasado privatizó los casinos estatales con fundamento en el Decreto-Ley 2 de 1998. Ya había concesionado el Hipódromo Presidente Remón. Producto de esa ley, hoy en día proliferan los casinos, establecimientos de máquinas tragamonedas, bingos y otros juegos de apuestas, los cuales en su conjunto superan los mil millones de balboas al año (sin contar la Lotería Nacional de Beneficencia). Eso representa poco menos del 10% del producto interno bruto nacional. Se trata de dineros principalmente de los panameños aunque la privatización se promovió sobre la base de convertir a los casinos en atractivos turísticos para extranjeros.
Las empresas que hoy día administran bajo concesión estatal los casinos, máquinas tragamonedas, bingos y otros juegos de apuestas, ya generan directa o indirectamente puestos de trabajo para miles de panameños, que pagan impuestos millonarios y producen réditos sustanciales para los accionistas que en su momento aportaron millones para pagar los derechos de llave al Estado y mejorar las salas de juego. Si las dudas de quienes promueven la mencionada reforma resultan fundadas, todo lo anterior se desplomaría por inconstitucional e ilegal y dejaría en evidencia un enorme error del gobierno de Ernesto Pérez-Balladares. El Estado tendría que asumir la operación de todos esos juegos y resarcir a las empresas que adquirieron las concesiones, tanto por el pago realizado como por las inversiones hechas. Pero sin duda más importante aún, la reputación nacional frente a los inversionistas y la confianza ciudadana en el actuar gubernamental quedaría totalmente mancillada.
Hasta ahora nadie había abanicado públicamente la tesis de los dudosos que ahora queda manifiesta a través de esta reforma constitucional, quizá preocupados por las complicadas y cuantiosas implicaciones de resultar fundamentada. El error que cometen al insertar este texto en la reforma constitucional es que de no ser aprobada no faltará quién se base en esta iniciativa para cuestionar hasta judicialmente las privatizaciones de los juegos de suerte y azar.
  1. Reducir los legisladores y eliminar uno de los suplentes.

  2. Eliminar la revocatoria de mandato

  3. Eliminar las sesiones extraordinarias

  4. Elegir los legisladores por circuitos provinciales

  5. Establecer la libre postulación

  6. Eliminar la inmunidad.


  1. Eliminar la segunda vicepresidencia

  2. Establecer la libre postulación

  3. Establecer la doble vuelta


  1. Cambiar el sistema de selección de los magistrados de la Corte Suprema. Los candidatos no deben haber pertenecido a partidos en los 5 años anteriores a su nominación y deben provenir de ternas propuestas por el Consejo Judicial, el Colegio de Abogados y las Facultades de Derecho.

  2. Prohibir la designación de funcionarios del Organo Judicial como suplentes de los magistrados de la Corte Suprema.


  1. Instituir el Tribunal de Cuentas, independiente de la Contraloría

  2. Hacer obligatorio el referéndum sobre la ampliación del Canal, cualquiera sea el acto jurídico que se utilice para implementarla

  3. Elegir a los gobernadores de las provincias. En un artículo subsiguiente detallaré mis argumentos sobre cada uno de estos aspectos.

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