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Opinión / ¿Se justifica la protesta en las calles?

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Panamá

Debate

¿Se justifica la protesta en las calles?

Publicado 2018/08/25 00:00:00
  • Jorge Rojas
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

Si bien es cierto el derecho a una protesta pacífica es legal, también los que no forman parte de la protesta tienen derechos. Cuando ocurren las protestas con cierres de calles, la más perjudicada es la clase trabajadora, la que se levanta muy temprano y se acuesta muy tarde.

Productores piden cese de las importaciones en tiempo de cosecha, la revisión de acuerdos con la OMC y los TLC.

Productores piden cese de las importaciones en tiempo de cosecha, la revisión de acuerdos con la OMC y los TLC.

La protesta es una forma de expresión para demandar una mejor condición de vida.

En Panamá, es legal que personas o grupos de personas en un movimiento social puedan reunirse libremente.

Dentro de nuestra Constitución Nacional lo encontramos en el artículo 38, el cual dice: "Los habitantes de la República tienen derecho a reunirse pacíficamente y sin armas para fines lícitos. Las manifestaciones o reuniones al aire libre no están sujetas a permiso y solo se requiere para efectuarlas aviso previo a la autoridad administrativa local, con anticipación de veinticuatro horas. La autoridad puede tomar medidas de policía para prevenir o reprimir abusos en el ejercicio de este derecho, cuando la forma en que se ejerza cause o pueda causar perturbación del tránsito, alteración del orden público o violación de los derechos de terceros".

Sin embargo, cuando se trata de derechos, tenemos que respetar los derechos ajenos a los nuestros. Si bien es cierto el derecho a una protesta pacífica es legal, también los que no forman parte de la protesta tienen derechos.

VEA TAMBIÉN : Mocedades de Armani

Todos los seres humanos tenemos el derecho de circulación. Esto fue pactado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1969, del cual Panamá es signatario.

En el artículo 22, dice: "Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en él con sujeción a las disposiciones legales".

Según esto, tenemos el derecho de transitar libremente.

Estos derechos son esenciales del hombre y, por lo tanto, deben ser respetados.

Este derecho está dentro de nuestra Constitución Nacional, en el artículo 27.

Artículo 27: "Toda persona puede transitar libremente por el territorio nacional y cambiar de domicilio o de residencia sin más limitaciones que las que impongan las leyes o reglamentos de tránsito, fiscales, de salubridad y de migración".

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En Panamá se vive una época en la que por cualquier motivo se cierran las calles, inclusive sin una causa justa.

Cuando ocurren las protestas con cierres de calles, la más perjudicada es la clase trabajadora, la que se levanta muy temprano y se acuesta muy tarde.

Son los que, motivo de estas protestas no lícitas, llegan tarde a sus labores, citas médicas, viajes e inclusive a ver sus hijos en casa.

Es un acto que, si bien puede tener una causa justa, se convierte en una injusticia.

Una protesta sin afectaciones a terceras personas fue la realizada por los avicultores de Panamá Oeste en el Parque Feuillet de La Chorrera.

Como rechazo a las importaciones de pollos y productos derivados, los avicultores repartieron sancocho y cajas de huevos con un mensaje directo que decía "Apoya la Producción Nacional".

Vivimos en un Estado de derecho, por lo cual debemos respetarnos los unos a los otros.

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Parece que solo nos preocupamos por nuestros derechos, sin saber que afectamos los derechos de los demás.

Debemos tener en cuenta que nuestros derechos terminan donde empiezan los de otra persona.

Practicar el respeto nos edifica como seres humanos.

Estudiante de maestría de la Universidad Interamericana de Panamá.

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